En una instancia anterior, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal había desestimado los argumentos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la causa “Ruggeri, Héctor Horacio c/EN – M° de Economía y Producción Resol. 818/06 y Otros/Proceso de Conocimiento”.
De acuerdo a la resolución de la sala, la eliminación perpetua del registro es igual a una inhabilitación indeterminada en el ejercicio de la profesión, lo que se convierte en una sanción inconstitucional.
Por su parte, y en oposición a lo determinado por la Sala, la Corte Suprema de Justicia de la Nación le otorgó la razón al organismo que dirige Ricardo Echegaray y respetó los lineamientos del recurso interpuesto.
De esta manera, el Máximo Tribunal ratificó la constitucionalidad de la eliminación del Registro de Despachantes de aquellos que presentan irregularidades investigadas y acreditadas en sumarios administrativos.
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