El Tribunal Supremo del país europeo avaló por 8 votos positivos contra 3 negativos la constitucionalidad del matrimonio homosexual. La ley había sido aprobada en junio de 2005.
El Partido Popular fue uno de los principales detractores de la nueva legislación. Su principal premisa era que el artículo 32 de la Constitución solo permite el matrimonio entre el hombre y la mujer.
Además, sostuvieron que “al permitir la adopción a las parejas homosexuales, se atenta contra el interés del menor, cuyo ámbito natural de filiación es la unión heterosexual”.
El recurso presentado por el partido mantiene que la denominación de matrimonio a las uniones civiles de homosexuales supone un fraude de ley. Por su parte, el trámite se prolongó durante más de siete años, en los que se registraron 22.442 bodas entre miembros del mismo sexo.
El Gobierno actual español sostuvo que va a aceptar lo que sentencie el Tribunal Constitucional, es decir que no reformará la Ley a pesar de que se desestime el recurso presentado.
El resto de la oposición, conformada por la derecha y la Iglesia Católica, criticaron fuertemente la unión civil. En contraposición, los socialistas, quienes impulsaron la reforma, le exigieron al PP que pida disculpas por lo expresado en repudio al matrimonio entre personas del mismo sexo.
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