El Senado Nacional aprobó en el día de ayer un proyecto de ley que establece que el primer vencimiento de pago de las facturas de servicios públicos, no podrá operarse antes del quinto día hábil de cada mes, contemplando sanciones para las empresas que incumplan esta disposición.
La iniciativa avalada por la Cámara alta determina que “el primer vencimiento de pago de las facturas de servicios públicos no podrá operarse antes del quinto día hábil de cada mes”.
En caso de no acatar la normativa, el proyecto contempla que “el incumplimiento de lo establecido por esta ley generará un crédito a favor del usuario equivalente al valor de la factura respecto de la cual se produjo dicho vencimiento”.
La iniciativa establece que “tal crédito se debitará de la factura siguiente”, mientras que “si quedare un saldo acreedor a favor del usuario, el remanente se debitará siguiendo el mismo mecanismo”.
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