El 20 de julio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial y entró en vigencia el Decreto N° 612/2026, que complementa el Decreto N° 407/2026 al disponer que la base de cálculo para los aportes y contribuciones pactados en convenios colectivos de trabajo (“CCT”) comprende el salario básico y las sumas remunerativas mensuales, normales y habituales (excluyendo premios y bonos, horas extras, sueldo anual complementario, etc.).
Asimismo, aclara que los aportes y contribuciones que los empleadores se comprometan a efectuar en el marco de los CCT, destinados a obras de carácter social, asistencial, previsional o cultural en interés y beneficio de los trabajadores, no se encuentran comprendidos en el límite del 2%.
Por Enrique A. Betemps, Julio Lococo, Geraldine Moffat y Matías Fuse
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