El 28 de julio de 2022, el Banco Central de la República Argentina emitió las Comunicaciones “A” 7559 y “A” 7561, que introdujeron modificaciones en relación con las tasas de interés compensatorio aplicables por las entidades financieras emisoras de tarjetas de crédito a los titulares de dichas tarjetas (cuando estos últimos deciden abonar el pago mínimo de sus resúmenes y financiar el saldo remanente). En particular:
1. se incrementó de 57% a 62% la tasa nominal anual máxima aplicable cuando los importes financiados no superen los $ 200.000; y
2. se estableció que dicho límite máximo de 62% no será aplicable a los financiamientos de consumos en moneda extranjera por un importe total superior a los US$ 200, aun cuando los importes financiados sean inferiores a $ 200.000. En este caso, sólo será de aplicación el límite establecido en el artículo 16 de la Ley Nº 25.065 de Tarjetas de Crédito, es decir, el 25% de la tasa que la emisora aplique a las operaciones de préstamos personales en moneda corriente para clientes (cuyo valor actual es, en promedio, un 83% anual).
Por María Victoria Funes, Fermín Caride y Lucía Carro
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