Consideran Injustificado el Despido de una Mujer que se Sometió a una Cirugía Estética
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral consideró que resulta de carácter injustificado el despido de una mujer que faltó a su trabajo para someterse a una cirugía estética. Según la postura adoptada por los camaristas, la intervención quirúrgica forma parte de la intimidad de la mujer que debe ser respetada, a la vez que dejaron que en claro que para que se produzca el abandono del puesto de trabajo resulta necesario la falta de intención de retomar el mismo por parte de la empleada. Los letrados, manifestaron que en el presente caso no existía el elemento subjetivo necesario para que se configure el abandono de trabajo, el cual consiste en la intención de no retomar el mismo, debido a que la empleadora tenía conocimiento del motivo de la ausencia, por lo cual no podía presumir la falta de voluntad para reintegrarse al trabajo. Los magistrados que componen la Sala III, decidieron hacer lugar al reclamo de la mujer despedida, condenando a la empleadora a abonar una indemnización en concepto de despido sin causa. A su vez, los magistrados desestimaron las consideraciones efectuadas por la empleadora, quien había manifestado que la operación era innecesaria, por considerar que lo que resulta de trascendencia en el caso es el respeto de la intimidad de la trabajadora. Por otro lado, los letrados destacaron que la empresa tenía conocimiento de que la empleada se iba a ausentar para someterse a dicha intervención, debido a que la misma lo había comunicado verbalmente y luego por medio de un telegrama. Para decidir en tal sentido, los magistrados tuvieron en cuenta el hecho de que la empleada mantuvo una relación laboral con la empresa de ocho años, durante los cuales no tuvo sanciones en su contra.

 

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