La ley contempla un plazo mínimo de 24 meses para poder separase. El magistrado de Bariloche, María Marcela Pájaro, resolvió aceptar la presentación de dos personas que manifestaron la decisión consensuada de divorciarse.
"El desenvolvimiento del ser humano no queda sujeto a las iniciativas y cuidados del poder público. Bajo una perspectiva general, aquél posee, retiene y desarrolla, en términos más o menos amplios, la capacidad de conducir su vida, resolver sobre la mejor forma de hacerlo, valerse de medios e instrumentos para este fin, seleccionados y utilizados con autonomía e incluso resistir o rechazar en forma legítima la injerencia indebida y las agresiones que se le dirigen", aclaró el magistrado.
Pájaro declaró como inconstitucional los artículos 214 y 215 del Código Civil y decretó el divorcio de los cónyuges basándose en el principio de “autonomía personal” y citando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
"Si ambos cónyuges coinciden en la voluntad de divorciarse en este momento, no corresponde exigirles que aguarden al sólo efecto de cumplir con un requisito legal, manteniendo un matrimonio ficto", sentenció la juez.
Opinión
Barreiro
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law