Baker McKenzie Argentina Asesora a Rio Tinto en la Adquisición de Arcadium Lithium

De acuerdo con un comunicado de prensa de Rio Tinto del 9 de octubre de 2024, esa compañía y Arcadium Lithium plc (“Arcadium”) (NYSE: ALTM) (ASX: LTM) anunciaron un acuerdo definitivo mediante el cual Rio Tinto adquirirá Arcadium en una transacción en efectivo por US$ 5.85 por acción (la “Transacción”). La Transacción representa una prima del 90% sobre el precio de cierre de Arcadium de US$ 3.08 por acción al 4 de octubre de 2024, una prima del 39% sobre el precio promedio ponderado por volumen (VWAP) de Arcadium desde su creación el 4 de enero de 2024 y resulta en una valuación del capital de Arcadium de aproximadamente US$ 6.7 billones.

 

Según el anuncio de Rio Tinto, esta adquisición estratégica incorporará a la cartera de Rio Tinto el negocio de litio de clase mundial de Arcadium, fortaleciendo su posición como líder global en materias primas esenciales para la transición energética, tales como aluminio, cobre, mineral de hierro de alta calidad y litio. El cierre de la Transacción está previsto para mediados de 2025, y está sujeto a recibir aprobaciones regulatorias usuales y al cumplimiento de otras condiciones precedentes.

 

El equipo de Energía, Minería e Infraestructura de Baker McKenzie Argentina, liderado por Adolfo Durañona y Ezequiel Artola, asesoró a Rio Tinto en los distintos aspectos locales de esta Transacción. El equipo también incluyó a Tomás Trusso, Delfina Ferrario y Juan Bautista Cervio. Se contó con el apoyo adicional de Diego Bongiovanni (Derecho Laboral), Paola Caballero (Derecho Societario), Fernando Goldaracena (Compliance y Derecho Penal), Gabriel Gómez Giglio (Banca y Finanzas), Esteban Rópolo (Defensa de la Competencia y Aduana), y Bernardo Trueba (Impuestos), junto con un equipo más amplio.

 

 

Baker McKenzie
Ver Perfil

Opinión

La obra que reside en el cuerpo: tatuajes y propiedad intelectual: el caso de “Duki”
Por Maria Sol Olivieri
Tanoira Cassagne Abogados
opinión
ver todos
Decreto 407/ 2026 - Aportes sindicales una aclaración necesaria pero ¿suficiente?
Por Julio Javier Lo Coco
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arnsten

La Inteligencia Artificial y el rol del abogado
Por Augusto C. Acuña
Estudio Acuña & Godoy Abogados


Cambios en el régimen de Lealtad Comercial: El Proyecto de Ley frente al actual DNU 274/2019
Por Sonia A. Del Regno (*)
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arnsten

detrás del traje
Nos apoyan