Apercibimientos, Multas y Hasta Clausuras Para los Comercios que Especulen con los Precios

Para contener el estallido inflacionario, el jefe de Gabiente, Jorge Capitanich, advirtió que se aplicarán las leyes de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial para que el consumidor obtenga el precio justo.

 

La Secretaría de Defensa del Consumidor será el órgano de competencia que recibirá las denuncias de los usuarios. A partir de ellas, verificará la existencia de la infracción y podrá imponer determinadas sanciones.

 

Todo incumplimiento entre lo ofertado y lo entregado podrá ser sancionado con apercibimiento, multa de $100 a $5.000.000, decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción, clausura del establecimiento o suspensión de servicio y la pérdida de concesiones o privilegios en regímenes impositivos.

 

Por su parte, la Ley de Lealtad Comercial, en su artículo 12, inciso I, obliga a los comercios a exhibir o publicitar precios. En caso de infracción, la multa podría ir desde los $100 a los $500.000.

 

Si el comerciante reincidiera, incurriendo en otra infracción de igual especie dentro del término de 3 años, la sanción se agravará duplicándose los límites mínimo y máximo.

 

De cualquier manera, la resolución podrá ser recurrida ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal o ante las cámaras federales de apelaciones competentes.

 

 

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