El 6 de julio de 2026 entró en vigencia la Disposición Nº 2/2026 de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea, dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil (“ANAC”), a través de la cual se aprobó la Edición II de la Parte III de las “Normas y Procedimientos de Telecomunicaciones en Jurisdicción Aeronáutica”.
Esta actualización busca adecuar los procedimientos nacionales a los lineamientos internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (“OACI”) e integrar las nuevas herramientas de gestión digital.
Así, establece el marco normativo y operativo definitivo que pasa a regular, de forma taxativa, la totalidad de los trámites aeronáuticos vinculados a la materia. Bajo esta nueva regulación quedan comprendidos tanto los procesos de solicitud para la asignación y registro inicial de indicadores de lugar de tres y cuatro letras (orientados a aeródromos, helipuertos, estaciones de comunicaciones aeronáuticas y oficinas meteorológicas), como los circuitos específicos para la obtención del código internacional “SR” aplicable a aeródromos públicos o privados sin servicios de tránsito aéreo (ATS).
Asimismo, la norma absorbe y regula a nivel nacional el procedimiento para la tramitación, modificación, validación y cancelación de designadores de tres letras y telefónicos para empresas aéreas y organismos oficiales a través de la plataforma en línea 3LTD de la OACI, consolidando en la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea el control regulatorio y el rol de punto focal exclusivo ante el organismo internacional.
Por Mariano F. Grondona y Lucila Guerrero
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