Admiten excepción de defecto legal ante la ausencia de una adecuada liquidación de cada rubro incluido en la demanda

Debido a que el escrito de inicio describe una conducta específica, pero omite datos concretos que permitan ejercitar la defensa del caso, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial consideró procedente la excepción de defecto legal planteada.

 

En los autos caratulados "HB Satelital S.A. c/ DIRECTV Argentina S.A. s/ordinario", la accionada Directv Argentina S.A. apeló la resolución de primera instancia que desestimó al excepción de defecto legal presentada.

 

Al resolver la cuestión, las magistradas que componen la Sala B señalaron que “fundamenta la excepción de defecto legal (art. 347, 5º Cpr.), la necesidad de preservar adecuadamente el derecho de defensa en juicio con raigambre constitucional, que se vería conculcado si los accionados desconocieran elementos esenciales de las pretensiones de la contraria, que les impidiesen desplegar con amplitud las oposiciones que tuvieran contra tales pretensiones”.

 

En tal sentido, las camaristas remarcaron que “para que resulte admisible el planteo, los defectos en el modo de proponer la demanda deben revestir cierta gravedad”.

 

En este marco conceptual, las Dres. Ana Piaggi y María Gómez Alonso de Díaz Cordero ponderaron que en el presente caso, la parte actora persigue en su demanda el cobro de las sumas de dinero que enumera en el punto 4) de pero, aunque anuncia que luego lo analizará, omite toda explicación para fundar el reclamo de cada rubro.

 

En la sentencia del 28 de mayo del presente año, el tribunal destacó que “si bien de la lectura del escrito inicial puede apreciarse la secuencia en la que el accionante considera que ocurrieron los hechos, no aparecen claramente delimitados los extremos fácticos -o relacionados- a cada concepto reclamado, ni tampoco una adecuada liquidación de cada rubro”.

 

A su vez, la mencionada Sala tuvo en consideración que “tampoco se delimitaron los períodos, ni se fundó claramente la composición de los montos”, lo cual “resulta un escollo insuperable a la hora de intentar rebatir el aludido listado de "sumas reclamadas" u ofrecer medios probatorios concretos”.

 

Al concluir que “el escrito de inicio describe una conducta específica, pero omite datos concretos que permitan ejercitar la defensa del caso, lo que conlleva a la admisión del planteo”, las magistradas decidieron admitir el recurso presentado.

 

 

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