Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Homologaciones Vehiculares entre Argentina y Brasil

El 10 de junio de 2024 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución N°114/2024 emitida por la Secretaría de Industria y Comercio, por medio de la cual se incorpora al ordenamiento jurídico de la República Argentina el “Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Homologaciones Vehiculares entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil” (ARM). El principal objetivo del ARM es establecer el reconocimiento mutuo de las homologaciones vehiculares emitidas en ambos países.

 

En suma, a partir de ahora, con los Certificados de Adecuación a la Legislación de Tránsito (CAT) emitidos por la Secretaría Nacional de Tránsito (SENATRAN) de Brasil con los requisitos establecido en el ARM, la Secretaría de Industria y Comercio podrá validar que los vehículos cumplen con los requisitos de seguridad activa y pasiva, y en consecuencia, otorgar las Licencias de Configuración de Modelo (LCM) con un trámite más ágil y sencillo.

 

Los interesados en solicitar el reconocimiento de homologaciones deberán presentar:

 

1- La solicitud ante la Subsecretaría de Gestión Productiva de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.

 

2- Copia autenticada del CAT emitido por SENATRAN, incluyendo los reglamentos validados, el laboratorio de ensayo interviniente y el número de protocolo del informe respectivo.

 

3- Autorización emitida por la empresa titular del CAT para el uso de la información necesaria para obtener la LCM.

 

4- Reportes de ensayo validados, redactados en un idioma oficial de alguna de las Partes o en inglés.

 

Particularmente, se debe tener presente que las homologaciones se reconocerán únicamente para los vehículos que tengan la misma codificación en su número VIN, en lo que respecta al WMI y VDS. A los efectos, detallamos que el VIN (Vehicle Identification Number) es la secuencia de 17 dígitos que identifica a los vehículos, de acuerdo con la norma ISO 3779; el WMI (World Manufacturer Identifier) es la identificación del fabricante del vehículo, según los tres primeros dígitos del VIN; y el VDS Vehicle Descriptor Section) es la descripción del vehículo, de acuerdo con los dígitos 4 al 9 del VIN.

 

Por favor, en el siguiente link podrá encontrar el texto de la Resolución N°114/2024

 

Por Augusto Vechio

 

 

Beccar Varela
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