La operación consistió en la notificación a la Fiscalía Nacional Económica (FNE), agencia de competencia chilena, de la fusión global entre Fiat Chrysler Automobiles N.V. (FCA) y Peugeot S.A. (PSA) en virtud de la cual la primera absorbió a la segunda.
Esta fusión es una de las mayores operaciones de la historia en la industria automotriz, por la cual PSA dejará de existir corporativamente y FCA continuará como la entidad sobreviviente, la cual, a partir del perfeccionamiento de la operación, se denominará "Stellantis". Stellantis estará preparada para los actuales y nuevos desafíos de dicha industria, especialmente respecto del desarrollo y consolidación de tecnologías de movilidad conectada, electrificada, compartida y autónoma.
De forma previa a la fusión esta debió ser autorizada por las agencias de competencia de aquellos países que cuentan con un sistema de control obligatorio de operaciones de concentración. En Chile, PSA fue representado por Morales & Besa, mientras que FCA fue representado por Carey.
Acorde a la FNE, la fusión creaba riesgos importantes en el segmento de vehículos comerciales livianos en Chile, por lo que, para obtener la aprobación de la FNE, los abogados de PSA y FCA en Chile trabajaron en conjunto a Compass Lexecon Chile, para desarrollar argumentos jurídicos y económicos que sustentaran la posición de las Partes, en el sentido de que la operación no tenía la capacidad de reducir sustancialmente la competencia en el mercado. En línea con lo anterior, se desarrolló una encuesta a consumidores encargada a la consultora Ipsos.
Finalmente, la FNE aprobó la fusión con medidas de mitigación, consistentes en:
Obligación de Fiat y Peugeot de mantener la importación y distribución mayorista separada de los productos de las marcas de RAM, DS y Citroën por tres años.
Obligación de Fiat y Peugeot de mantener la distribución mayorista de las marcas Peugeot y Opel a cargo de la filial chilena de Peugeot por tres años.
Peugeot deberá ofrecer una capacidad anual destinada exclusivamente para Chile de furgones livianos de la marca Toyota a favor de dicho fabricante, si es que así lo solicita.
Asimismo, los abogados de las Partes estuvieron en coordinación constante con Linklaters LLP (Francia) y Sullivan & Cromwell (Reino Unido), respectivamente, quienes lideraron la operación a nivel global.
Equipos involucrados:
Morales & Besa:
Socia: María José Henríquez. Asociados: Claudia Arce y Benjamín González
Carey:
Socia: Lorena Pavic. Asociado Senior: José Pardo. Asociado: Gonzalo Soto
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