Una ciudadana de la Ciudad de Buenos Aires había caído, en el 2008, al suelo debido a una irregularidad en la vereda. Durante 50 días, la persona tuvo la mano inmovilizada y si bien la reparación ósea fue satisfactoria, le dejó una importante limitación en sus movimientos.
La jueza de primera instancia, Paola Guisado, le había dado la razón a la demandante, pero la Sala J de la Cámara revocó el fallo y rechazó el recurso extraordinario presentado por la víctima para que la causa llegue a la Corte Suprema de Justicia.
En su resolución, los magistrados consideraron que el Máximo Tribunal no es una “tercera instancia” de revisión. Además, desestimaron el relato de otra vecina que vio el instante posterior al accidente.
En su defensa, los abogados del Gobierno porteño remarcaron que la caída “pudo haber sufrido en la ocasión un déficit atencional producto de la edad, por padecer laxitud ligamentaria o por haberle aquejado repentinamente una indisposición que reocasionó su caída, por poseer calzado inadecuado, dolores provocados por la artrosis, deficiencias musculares”.
Los camaristas Beatriz Verón, Zulema Wilde y Marta del Rosario Mattera aclararon que “la caída (…) producto del deficiente estado de las baldosas colocadas en la vereda de Santiago de las Carreras 202, no está debidamente acreditado y que nunca aconteció”, a pesar de que aceptaron que la vereda no estaba en correcto estado.
Si el fallo de primera instancia hubiera quedado vigente, la administración de Mauricio Macri habría tenido que resarcir a la mujer con 41 mil pesos.
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