La justicia mendocina falló a favor de dos jóvenes por derecho de admisión

Un boliche ubicado en el centro de la capital provincial fue denunciado por dos hermanos que intentaron ingresar el 10 de agosto de 2012 y fueron frenados por la seguridad privada del lugar.

 

Al día siguiente del hecho, los dos mayores de edad se dirigieron al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y realizaron la denuncia por discriminación. Posteriormente, iniciaron una causa civil.

 

La justicia de Mendoza decidió condenar al local. Los damnificados recibirán $40.000, cada uno, por el daño moral provocado y la multa civil a favor del consumidor que se aplica por primera vez en la provincia.

 

“No hay antecedentes en la jurisprudencia de Mendoza en donde, en una demanda por una acción individual, un juez haga lugar al daño punitivo. Esta es la primera vez que se aplica en un fallo judicial, y es importantísimo porque Mendoza con esto hace lugar a la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor”, remarcó Guido Roccuzzo, director de Defensa del Consumidor.

 

Además, agregó lo siguiente: “El daño punitivo fue un instituto que se creó con la reforma del año 2008 y deviene del derecho anglosajón. Es una multa civil a favor del consumidor que puede llegar hasta los 5 millones de pesos”.

 

 

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