El presente constituye el segundo revés judicial contra la petrolera. El primero también ocurrió en la mencionada provincia, en el yacimiento conocido como La Greta, ubicado en la localidad de Río Mayo.
En ese momento, YPF replicó el amparo y presentó un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia de Chubut para que la causa llegue a la Corte Suprema de la Nación.
En el caso actual, los magistrados aceptaron la medida cautelar presentada por un representante de la comunidad mapuche y ordenó la detención de la producción en el yacimiento El Trébol, ubicado en la localidad Comodoro Rivadavia.
Cabe señalar que el referente mapuche Marcelino Pintihueque señaló en la presentación que el “fracking”, método para extraer este tipo de recursos energéticos, afecta a los acuíferos.
Con este amparo se busca proteger los derechos individuales y colectivos de los grupos indígenas, el derecho a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental y el derecho humano al agua.
Por parte de la petrolera, se aclaró que el pozo ya se encuentra en producción y que para el proceso de fractura hidráulica no se usó agua dulce. Cabe señalar que la orden judicial fue dictada por el Juzgado Laboral número 2.
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