La Corte Suprema de Justicia levantó ayer la suspensión preventiva de la Ley de Medios que había sido impuesta por jueces de Mendoza, y el Gobierno dijo que avanzará con la reglamentación de la norma, aunque no se podrá aplicar mientras siga vigente una medida cautelar de Salta y el freno a un artículo que fue pedido por el Grupo Clarín sólo en su caso, porque le obligaría a desinvertir en radio y TV.
Fuentes de la Corte insistieron que su fallo de ayer no implica un juicio sobre la Ley de Medios, sino sólo sobre su suspensión preventiva. La realidad es que las causas sobre los temas de fondo pueden durar varios años y mientras tanto estará en aplicación la norma cuestionada, aunque en forma parcial
Esto sucede porque podría quedar suspendido hasta que se debata su legitimidad en un juicio ordinario el artículo 161 de la Ley de Medios, que establece el plazo de un año para que las empresas de medios se adecuen a la nueva regulación. Esa cláusula llevaría al Grupo Clarín a desprenderse de licencias de radio y TV que negoció en 2009 con el Gobierno y que le dan la explotación de varias frecuencias por 10 años, lo que a juicio de esa empresa afectaría sus derechos adquiridos.
Si bien ese tema todavía no está en estudio en la Corte porque la Cámara en lo Civil y Comercial Federal debe aún enviar el expediente, cuando le llegue el turno, el Máximo Tribunal dejaría vigente la suspensión preventiva del artículo 161.
La Corte llegaría a ese resultado –la suspensión del artículo– no con un pronunciamiento directo, sino rechazando considerar la medida cautelar, al asegurar que en ese caso no hay “gravedad institucional”. Esta importancia sí fue aceptada para el fallo de ayer, porque se cuestionaba toda la ley en su alcance más general.
En tal sentido, la Corte resolvió por unanimidad en su acuerdo dejar sin efecto la resolución de la Cámara Federal de Mendoza que suspendió la aplicación de la Ley de Medios ante un reclamo del diputado cobista Enrique Thomas, aprovechando la ocasión para mandar un duro mensaje contra la judicialización de la política y la pretensión de los jueces de intervenir en causas que exceden su ámbito de jurisdicción.
“Los jueces no tienen la facultad de hacer el control de legalidad de las leyes de manera abstracta”, dijo la Corte, porque esto expondría al Poder Judicial a “la imputación de ejercer el gobierno” mediante la suspensión de normas.
Respecto de los diputados y senadores, la Corte indicó que no pueden ir a la Justicia para la reedición de un debate que se ha perdido en el seno del Poder Legislativo, sino sólo si se hubieran afectado sus derechos, inmunidades y prerrogativas.
Por su parte, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, señaló estar “contenta” porque “se ha logrado que el sistema jurídico democrático institucional argentino haga honor a su propio funcionamiento y permita que se aplique una ley que fuera aprobada por amplía mayoría en el Congreso”. En un acto de entrega de viviendas en el partido de Tres de Febrero, indicó también que se ha “reestablecido la autoridad del Parlamento”.
Fuente: Cronista.com
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