Se trata de las sanciones que implementa la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobre aquellos comercios que no cuentan con un sistema de posnet basadas en el decreto 1387/2001.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) podría llevar su reclamo a la justicia, ya que, según entienden, el organismo recaudador no cuenta con las facultades sancionatorias.
La AFIP, por su parte, ratificó su postura y aclaró que todos los comercios deben aceptar de forma obligatoria los pagos con tarjeta de débito y que no pueden hacer descuentos o vender a un precio inferior un producto por pago en efectivo.
La excepción que otorga el organismo que dirige Ricardo Echegaray es a aquellos pequeños comercios que se encuentren ubicados en las localidades de menos de 5000 habitantes.
Uno de los argumentos que la CAME podría utilizar es que el sistema está orientado a formalizar y facilitar el accionar del organismo estatal, por lo que éste debería facilitar el acceso a la tecnología o desgravar el costo ocasionado.
Otra explicación que podría ser utilizada por los abogados que lleven adelante la presentación judicial es que la AFIP se excede en sus atribuciones sancionatorias ya que la normativa no aclara de forma taxativa ninguna represalia por incumplimiento.
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