Extienden Condena Laboral al Representante Legal de una Sociedad Constituida en el Extranjero
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente una resolución de primera instancia donde si bien se había hecho lugar a la demanda entablada contra la sucursal local de la demandada, se había rechazado contra el representante legal de la misma. En la causa “Quesada del Giudice, Gaspar c/ Gentron Inc. Suc. Argentina y otro s/ despido”, los jueces que componen la Sala VII decidieron extender la condena establecida a la persona física codemandada, tras comprobar que si bien la sociedad demandada había cumplido con su inscripción en la I.G.J., no había cumplido con los requisitos establecidos en las Resoluciones N 7/2003 y Nº 7/2005 para las sociedades constituidas en el extranjero, considerando que tal circunstancia la transformaba en una sociedad nacional de acuerdo a los términos del artículo 124 de la Ley de Sociedades Comerciales. De acuerdo a la resolución emitida el pasado 25 de junio, los camaristas determinaron que correspondía extender la condena contra el codemandado, por aplicación de lo establecido en los artículos 59 y 274 de la Ley de Sociedades, como consecuencia de las irregularidades cometidas con relación a la registración de la fecha de ingreso, remuneración y constitución de la sociedad como extranjera cuando en realidad era nacional. Los camaristas consideraron que correspondía aplicar la extensión de la imputabilidad debido a que tal conducta fue realizada en fraude de las figuras y tratando de burlar el orden público laboral. Para fallar en tal sentido, los jueces tuvieron en cuenta la participación directa del codemandado en la vida de la empresa, argumentando que no podía desconocer la modalidad irregular en la que había sido constituida la sociedad, así como tampoco la forma en que se había procedido a la contratación y registro del actor.

 

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