A partir de este mes, el aporte previsional de los autónomos comenzará a subir a raíz de la aplicación de la ley de movilidad jubilatoria a los pasivos, debiendo tributar quienes se encuentran en la categoría más baja de los que trabajan en forma independiente 194 pesos por mes.
Los que pertenecen a la categoría I de autónomos, la que se encuentra conformada por personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros, con ingresos anuales hasta 20 mil pesos, los comerciantes con ingresos anuales hasta 25 mil pesos y aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional, deberán aportar el mínimo mensual de $194, 13, mientras que los que se ubican en la categoría II, donde se incluyen a los profesionales con ingresos anuales superiores a los 20 mil pesos, y a los comerciantes que superan los 25 mil pesos por año, deberán pagar $ 271,76.
Los contribuyentes pertenecientes a la categoría III abonarán $ 388, 24, los que se ubican en la categoría IV, donde se encuentran los directores y socios con ingresos superiores a los 30 mil pesos anuales, pagarán $621,19, en tanto que la categoría V, de los directores y socios con ingresos superiores a 30 mil pesos anuales pagarán $854,13.
Por otro parte, a raíz de la aplicación de la ley de movilidad jubilatoria, también se verá incrementado el salario tope para calcular los aportes de los trabajadores en relación de dependencia de $10.119 a $ 11.829, a la vez que también se verán incrementados los aportes destinados a la obra social y al PAMI, los que equivalen en cada caso al 3% del salario, subiendo la suma máxima retraída entre ambos conceptos de $607 a $709.
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