La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revoca condena por inexistencia de daño y falsedad en el relato de la actora

En el fallo "S., A. M. c/ S. L. R. SRL y otro s/ Daños y perjuicios", la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió el 18 de marzo revocar una sentencia de primera instancia que había condenado a YPF S.A. y a la firma S. L. R. S.R.L. a indemnizar a una mujer por una supuesta caída violenta en una estación de servicio. El tribunal analizó el caso bajo el prisma de la Ley de Defensa del Consumidor, reconociendo que existía una relación de consumo que generaba una obligación objetiva de seguridad por parte del proveedor. No obstante, los jueces subrayaron que, para que dicha responsabilidad prospere, la parte actora debe acreditar fehacientemente haber sufrido un daño dentro de las instalaciones, extremo que en este expediente resultó desvirtuado por la prueba presentada.

 

La decisión de la Alzada se fundamentó de manera determinante en el material fílmico aportado por la demandada, el cual contradijo de forma "plana" el relato de la demanda. Mientras la actora denunció haber sufrido una caída "espectacular" y seca de espaldas que la dejó inmóvil por un dolor indescriptible, los videos de seguridad mostraron un resbalón leve en el que la mujer ni siquiera llegó a tocar el suelo con la rodilla, incorporándose de inmediato y caminando con normalidad para sacar fotos del lugar e ingresar nuevamente al local. Esta inconsistencia llevó al tribunal a concluir que no existía relación de causalidad alguna entre el hecho ocurrido y las graves lesiones cervicales y lumbares alegadas por la accionante.

 

Asimismo, los Dres. Fajre, Abreut de Begher y Kiper destacaron que la actora incurrió en una conducta deshonesta al omitir deliberadamente ante los peritos médicos y psicólogos que ya contaba con cirugías previas y afecciones preexistentes en su columna. Los jueces señalaron que esta actitud violó el principio de buena fe procesal y la teoría de los propios actos, al intentar atribuir al resbalón dolencias que ella misma había reconocido tener con anterioridad en reclamos administrativos previos.

 

Por tales motivos, la Cámara rechazó la demanda en todas sus partes, imponiendo las costas de ambas instancias a la actora vencida bajo el principio objetivo de la derrota.

 

 

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