El 18 de abril de 2026 entró en vigencia el Decreto N° 253/2026 (el “Decreto”), mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional delegó en las Provincias de Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz (las “Provincias”) la competencia para el otorgamiento de concesiones de obra pública por peaje para la administración, reparación, ampliación, conservación o mantenimiento de tramos de rutas nacionales emplazados en su territorio, a favor de sociedades privadas o mixtas o entes públicos.
Como consecuencia de la delegación realizada, las Provincias podrán llevar adelante los procesos licitatorios de forma íntegra, desde la aprobación de la documentación licitatoria hasta la adjudicación de los contratos.
Para ejercer estas competencias, las Provincias deberán suscribir convenios con la Dirección Nacional de Vialidad, que deberán ser aprobados por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. Allí deberá establecerse el plazo de la delegación, el cual no podrá ser mayor a 30 años.
A partir de la aprobación del respectivo convenio, las Provincias contarán con el plazo de un año para convocar a licitación, bajo pena de caducidad de la delegación.
La delegación no implica la transferencia de la titularidad del dominio público ni de la jurisdicción federal sobre los tramos viales involucrados, los que permanecen en cabeza del Estado Nacional.
El Decreto incorpora la posibilidad de que otras jurisdicciones soliciten su incorporación al régimen indicado.
Por Nicole Jaureguiberry
Opinión
opinión
ver todosFavier Dubois & Spagnolo
Estudio Garrido Abogados
Deloitte Legal




















































































































