Fallos
Miércoles 24 de Febrero de 2010
Desestiman Pedido para Recusar a los Jueces en la Causa por las Reservas
En el marco de la causa por la suspensión del decreto que dispuso el uso de reservas para el pago de la deuda, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal decidió no hacer lugar a un pedido de excusación y recusación en subsidio presentado por un abogado.
Dicho planteo fue efectuado en el marco de la causa iniciada por el diputado Federico Pinedo, donde la jueza María José Sarmiento dictó una medida cautelar a través de la cual se suspendió la aplicación del decreto 2010/09, que disponía la utilización de las reservas para la constitución de un fondo de garantías destinado al pago de deuda.
Tal decisión había sido confirmada por la Sala de Feria de la Cámara, luego de lo cual fue recurrida por vía extraordinaria por el Poder Ejecutivo.
Los jueces que componen la Sala IV rechazaron la presentación a través de la cual se le solicitaba a los integrantes de ese tribunal que se excusen de intervenir en el recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo, tras considerar que el tercero no poseía interés alguno en la causa, por lo cual las normas no lo habilitan para realizar ese tipo de presentaciones.
En tal sentido, los camaristas Jorge Morán, Sergio Fernández y Luis Márquez, sostuvieron que correspondía concluir en la inexistencia de legitimación y por consiguiente de aptitud formal por parte del presentante para ser tenido como parte en estos autos, debido a que sólo invocó la titularidad y defensa de meros intereses difusos, que por cierto alcanzan a justificar la intervención requerida.
Dicho planteo fue efectuado en el marco de la causa iniciada por el diputado Federico Pinedo, donde la jueza María José Sarmiento dictó una medida cautelar a través de la cual se suspendió la aplicación del decreto 2010/09, que disponía la utilización de las reservas para la constitución de un fondo de garantías destinado al pago de deuda.
Tal decisión había sido confirmada por la Sala de Feria de la Cámara, luego de lo cual fue recurrida por vía extraordinaria por el Poder Ejecutivo.
Los jueces que componen la Sala IV rechazaron la presentación a través de la cual se le solicitaba a los integrantes de ese tribunal que se excusen de intervenir en el recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo, tras considerar que el tercero no poseía interés alguno en la causa, por lo cual las normas no lo habilitan para realizar ese tipo de presentaciones.
En tal sentido, los camaristas Jorge Morán, Sergio Fernández y Luis Márquez, sostuvieron que correspondía concluir en la inexistencia de legitimación y por consiguiente de aptitud formal por parte del presentante para ser tenido como parte en estos autos, debido a que sólo invocó la titularidad y defensa de meros intereses difusos, que por cierto alcanzan a justificar la intervención requerida.
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