Resolución 770/2018 de CNV: Elaboración Participativa de Normas - Infraestructura de Mercados

El 15 de noviembre fue publicada en el Boletín Oficial (“BO”) la Resolución 770/2018 de la Comisión Nacional de Valores (la “Resolución” y la “CNV”).

 

La Resolución dispone la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N° 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la adopción de una reglamentación sobre un proyecto de resolución general para la modificación de la infraestructura de los mercados, con miras a fortalecer los mecanismos de protección y prevención de abusos contra los inversores.

 

La Resolución propone las siguientes modificaciones a las Normas:

 

1. Se incrementa el patrimonio neto mínimo de los mercados –distinto según cumplan o no, funciones asignadas a las cámaras compensadoras- de las cámaras compensadoras y de los agentes de depósito colectivo, requiriendo además que tales sujetos cuenten con un patrimonio neto compatible con los riesgos inherentes a sus funciones.

 

2. Se establece que los fondos de garantía destinados a hacer frente a incumplimientos de los agentes en operaciones garantizadas, deben constituirse con recursos propios de los mercados y de las cámaras compensadoras y con aportes integrados por los Agentes de Liquidación y Compensación, disponiendo, asimismo, el orden de afectación de los mismos y su organización bajo una estructura fiduciaria.

 

3. Respecto a la administración de márgenes y garantías aplicables a las cámaras compensadoras y a los mercados con funciones de cámara compensadora, se dispone la constitución de determinados fondos de garantía específicos a los fines de limitar la exposición al riesgo de crédito frente a los agentes.

 

4. Se establece para las cámaras compensadoras la exigencia de constituir un Comité de Riesgo, con el objeto de evaluar y proponer mejoras a las políticas de gestión y control de riesgos al sistema, así como asesorar al directorio de la sociedad, estableciendo la exigencia de nombrar directores independientes en el órgano de administración de dichas entidades.

 

5. Se dispone para las cámaras compensadoras y los mercados con función de cámara compensadora la obligación de llevar a cabo “pruebas de tensión”, a los fines de evaluar la adecuación de los recursos financieros, estimar necesidades de liquidez y conocer el volumen de pérdidas que pueden sufrir.

 

6. Se elimina la figura del agente de custodia, riesgo y pago (ACRYP), cuyas funciones, con la reforma introducida por la Ley Nº 27.440, han quedado subsumidas en las del agente depositario central de valores negociables.

 

Se fija un plazo de quince (15) días hábiles para realizar presentaciones de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse a través del Sitio Web www.cnv.gob.ar.

 

La Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su última publicación que será de dos días.

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
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