El 30 de abril de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 50/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, mediante la cual se aprueba el régimen aplicable a la administración de contingentes arancelarios de exportación e importación de productos agropecuarios en el marco del Acuerdo Interino de Comercio entre el Mercosur y la Unión Europea.
A continuación, se detallan los puntos relevantes:
1-Contingentes arancelarios de exportación – Anexo I
-Se aprueban las normas generales y particulares aplicables al modo de gestión de los contingentes arancelarios de exportación para productos de origen agropecuario, a excepción de los referidos a la carne bovina.
-Los parámetros del Anexo I se aplicarán a partir del 1 de mayo de 2026.
-En materia de administración, los cupos de exportación se distribuirán con base en el criterio que establezcan las resoluciones del Grupo Mercado Común (GMC). Hasta tanto se defina dicho criterio, para el Año 0 (2026) se aplicará el sistema “Primero Llegado, Primero Servido”.
2-Contingentes arancelarios de importación – Anexo II
-Se aprueban las normas generales y particulares aplicables al modo de gestión de los contingentes arancelarios de importación para productos de origen agropecuario abiertos por el Acuerdo Interino de Comercio.
-Los parámetros del Anexo II se aplicarán a partir del 1 de mayo de 2026.
-Los cupos de importación se administran bajo el criterio “Primero Llegado, Primero Servido”, sujeto a la tramitación de una licencia de importación.
3-Certificado de Autorización de Cupos Mercosur – Anexo III
-Se aprueba el modelo de Certificado de Autorización de Cupos Mercosur en su versión español e inglés para los contingentes arancelarios de exportación, excluidos los de carne bovina.
-El Certificado de Autorización de Cupos Mercosur será emitido por el Sistema SACME sobre Administración de Cupos de Exportación del Mercosur y expedido al interesado por el Sistema SIACE.
4-Licencia de Importación – Anexo IV
Se aprueba el modelo de Licencia de Importación para los contingentes arancelarios concedidos por el Mercosur en el Acuerdo Interino de Comercio.
La resolución comenzará a regir el primer día hábil del mes de mayo de 2026.
Por Augusto Vechio
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