A partir de la Resolución General 3312, que reemplaza a la Resolución 2419, a partir del primero de julio, regirá un nuevo régimen de información fiscal a cargo de las personas designadas como fiduciarias respecto de los fideicomisos constituidos en el país y en el extranjero.
Cabe señalar que los datos suministrados de acuerdo a cada tipo de fideicomiso son de carácter anual al 31 de diciembre de cada año, debiendo suministrarse hasta los últimos días del mes de julio del año inmediato siguiente al informado.
En tal sentido, la nueva reglamentación abarca a aquellos fideicomisos constituidos en el país, financieros o no financieros, así como a los sujetos residentes en el país que actúen como fiduciarios, fiduciantes y/o beneficiarios de fideicomisos constituidos en el exterior.
El envío de la información deberá llevarse a cabo a través del aplicativo AFIP – DGI Fideicomisos del país y del exterior - Versión 1.0 y ser remitido por vía informática con la utilización de la clave fiscal.
Por otra parte, la norma también regula un régimen de información, con vigencia desde el primero de enero de 2012, para los fiduciarios de fideicomisos constituidos en el país.
Así, los datos deberán presentarse dentro de los 10 días hábiles administrativos contados a partir de la fecha de formalización de las siguientes operaciones: constitución inicial de fideicomisos; ingresos y egresos de fiduciantes y/o beneficiarios que se produzcan con posterioridad al inicio; transferencias o cesiones gratuitas u onerosas de participantes o derechos en fideicomisos; entregas de bienes efectuadas a fideicomisos, con posterioridad a su constitución, modificaciones al contrato inicial, asignación de beneficios y extinción de contratos de fideicomisos.
Cabe recordar que la información también deberá ser proporcionada por los residentes en el país que actúen como fiduciarios en fideicomisos constituidos en el exterior, los residentes en el país que actúen como fiduciantes y/o beneficiarios de fideicomisos constituidos en el exterior, únicamente por las operaciones relacionadas con sus respectivas participaciones, y los vendedores o cedentes y adquirientes o cesionarios de participaciones en fideicomisos constituidos en el país.
Los datos tendrán que ser enviados a través del sitio Web del organismo al servicio de Registración de Fideicomisos del País y del Exterior. Para el trámite se tendrá que contar con una clave fiscal.
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