El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N º 1, a cargo del juez Gustavo Caramelo Díaz, hizo lugar a una medida cautelar solicitada por Turner Argentina en los términos del artículos 232 del Código Procesal y del artículo 79 de la ley 11.723, ordenando a la Secretaría de Comunicaciones y a la Comisión Nacional de Comunicaciones para que procedan a bloquear el acceso a tres series en el sitio web Cuevana.
En la causa “Imagen Satelital S.A. c/ Quien resulte titular sitio web Cuevana S/ Medidas precautorias”, el juez ordenó “a las empresas proveedoras de servicios de acceso a Internet (ISP), identificadas en la lista aprobada por la actora, que, en forma inmediata, procedan a bloquear el acceso de cualquier usuario de Internet a los recursos del sitio Web conocido como Cuevana, en todo lo por ellos requerido sea la reproducción o comunicación de las obras audiovisuales “Falling Skies”, “Bric” y “26 personas para salvar el mundo”.
Dicha medida fue dispuesta bajo apercibimiento de imponerles una multa de mil pesos diarios en caso de incumplimiento, así como de considerar a sus responsables incursos en delito de desobediencia, formulando la denuncia pertinente (art. 177 del Código Procesal Penal de la Nación).
La medida fue solicitada por Turner Argentina, propietaria de tales contenidos, los cuales son emitidos por las señales Infinito y TNT de la televisión paga.
Aún se desconoce si el Gobierno envió el oficio a los proveedores de acceso a Internet, mientras que desde Cuevana, afirman que todavía no han recibido ninguna notificación de medida cautelar o causa penal alguna.
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