La IGJ Reformuló la Información que Debe Tener la Memoria Actual de las Sociedades por Acciones
A  través de la Resolución General 4/09, la Inspección General de Justicia reformuló la información que debe contener la Memoria Actual de las sociedades por acciones, rigiendo para aquellos ejercicios que cierren a partir del 31 de diciembre del 2009, conservándose hasta esa fecha la suspensión establecida por la Resolución General 1/08. Es importante recordar, que la Inspección General de Justicia había regulado por medio de la Resolución General 6/06 con vigencia para todos los ejercicios que comenzasen a partir del primero de enero del 2007, la información que debería contener la memoria anual de las sociedades por acciones, con el fin de cumplir mediante ello con lo establecido en  el artículo 66 de la Ley 19.550. Aproximándose la fecha de vencimiento para la presentación de la documentación para los cierres de ejercicio diciembre 2007, por medio de la Resolución General 1/08, la IGJ había suspendido  la aplicación de la Resolución General 6/06. Luego de ello,  encomendó  al Departamento contable la elaboración de un estudio pormenorizado de las memorias presentadas a lo largo de 2008, con el fin de valorar si el contenido real o formal se ajusta a las disposiciones del artículo 66 de la Ley 19.550. Como resultado de dicho estudio, la IGJ emitió la Resolución General 4/09, reformulando la presentación de las demoras. Tal resolución, libera a aquellas sociedades no comprendidas en el artículo 299 de la Ley 19.550 en la medida en que no afecte a los accionistas ni a terceros adecuándose  la redacción de los arts. 1º y 2º  de la Resolución General 6/06.

 

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