Días atrás, el Ministerio de Industria y Comercio emitió la esperada reglamentación del procedimiento de apertura de las Empresas por Acciones Simplificadas, EAS por sus siglas, a través del Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas – SUACE.
Así, el proceso de apertura de una EAS se realizará a través del alta de su expediente electrónico en el Sistema SUACE, para lo cual el USARIO EMPRENDEDOR (accionista/s constituyente/s de una EAS) deberá crear una identidad electrónica en la página www.paraguay.gov.py , para luego proceder a su validación vía SUACE y, completar el formulario único de inscripción.
Finalmente, el usuario debe subir al sistema este documento y los Estatutos Sociales una vez impresos/firmados/scaneados y dar de “alta” el expediente electrónico de apertura de la “EAS”, así como deberá subirse toda la documentación de respaldo exigida. Podrá utilizarse una firma electrónica o firma digital.
El expediente electrónico será remitido a la Dirección General de Personas Jurídicas y Beneficiario Final, para su análisis, aprobación y registro.
La Reglamentación establece plazos mínimos para notificaciones, que no superan en ningún caso los 3 días hábiles, por lo que el proceso de apertura de las EAS debería ser, en nuestra actualidad, el más rápido del sistema legal paraguayo.
Esta Resolución no comprende los procesos de transformación, cierre, disolución y liquidación de las EAS, que serán regulados en resoluciones específicas a ser dictadas por el mismo Ente.
Por Carla Sosa y Federico Valinotti
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