Por Mariano P. Sciaroni
Cambiaso & Ferrari
El último día antes de la feria nos notificaron dos sentencias de primera instancia. En ambos casos, representábamos a los demandados y obtuvimos sendos rechazos de demanda.
Esta es la primera consideración para apuntar: hay que elegir las batallas que peleamos. Estos juicios eran ganables y por eso decidimos ganarlos. En algunos casos, los juicios no se pueden razonablemente ganar, por lo que lo mejor que se puede obtener es una solución en un modo anormal de terminación del proceso. O, llegado el caso que ello sea imposible, obtener una sentencia que represente un ahorro respecto la pretensión del contrario en el pleito.
No existe, en la vida real, el abogado que ganó todos los juicios en los que participó y el que quiera apuntar a ello resulta un necio.
Obviamente, siempre hay que estar atento a las oportunidades procesales para acusar negligencias o caducidades probatorias, plantear nulidades o, lo mejor que nos puede pasar en estos casos siendo demandado, lograr una caducidad de la instancia.
Estas oportunidades son las que permiten ganar un juicio perdido de antemano, y de allí que no se pueden jamás dejar pasar: por ello la necesidad de conocer casi de memoria la casuística de caducidades del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN), jurisprudencia de negligencia, nulidades, etc.
Ahora bien, uno de los juicios lo ganamos por un factor técnico. Era un accidente de tránsito, y la contraria tenía un testigo “estrella” que había ya declarado en sede penal (y declararía también en sede civil), sobre la mala maniobra que hizo el asegurado en nuestro cliente, impactando a la moto del reclamante.
El testigo declaró, pero en la audiencia le hicimos una enorme cantidad de repreguntas. Fuimos preparados. Posteriormente, impugnamos su idoneidad (algo que, recuerdo, solo puede hacerse dentro de la etapa probatoria) y, por último, en el alegato, nuevamente intentamos desdibujar su importancia. Es decir, recibió la declaración estelar tres golpes importantes. Ello fue una estrategia premeditada: utilizar el código procesal a fondo, siendo extremadamente técnicos en cada una de nuestras intervenciones.
Sin este testigo, el andamiaje de la actora se cayó. Primer rechazo de demanda, por un uso técnico del CPCCN.
En el otro juicio se discutía la existencia (o no) de un hecho determinado. La causa penal era insondable, con testigos cruzados y había finalizado con una probation para nuestro representado (un escenario no tan fácil).
Sin embargo, el actor y su abogado tenían comportamientos procesales no adecuados, lo cual quedó graficado en la audiencia preliminar, con un comportamiento bochornoso de los contrarios. Nosotros nos mantuvimos estoicos y, agrego, luego de la audiencia, fuimos a hablar con el tribunal, para diferenciarnos de lo que allí había sucedido.
El juez, en su sentencia (agrego, la cuestión fue de puro derecho), tuvo por no acreditado el hecho. Específicamente al sentenciar valoró la actitud del actor en el juicio y en la audiencia y los agravios que profirió al personal del juzgado.
Este es el factor humano, presente en la segunda sentencia. Lo técnico tiene que estar en cada escrito que hagamos, pero interactuamos con personas: por ello es más que importante como escribimos, como hablamos, como nos vestimos, que prolijos somos, que trato damos. No debemos olvidar que el juez juzga en base a todo, no solamente en nuestros razonamientos o a la prueba. Todo suma y todo resta en un proceso judicial.
En esta batalla que es el proceso, el factor técnico y el humano se conjugan. Para lograr los objetivos que nos propongamos en cada uno de ellos, debemos utilizarlos inteligentemente.
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