Industrias marrones y finanzas sostenibles: ¿aliadas o enemigas?
Por María Victoria Tuculet
Bomchil

I. Introducción

 

Las industrias marrones (“brown industries”)[1] pueden definirse como aquellas actividades de generación intensiva de emisiones de carbono y gases de efecto invernadero[2] (“GEI”)[3]. La explotación y exploración de hidrocarburos, la generación de energía a partir de combustibles fósiles (como carbón o fuel oil, entre otros) o fuente nuclear, como también la industria pesada (producción de acero, aluminio, cemento y productos químicos) son los típicos ejemplos de este tipo de industrias.

 

Sin embargo, a la fecha, no existe una taxonomía de industrias marrones. Es decir, no hay un sistema de clasificación de actividades calificadas como “marrones”, como sí ocurre con las industrias consideradas verdes o sostenibles. En efecto, todas las taxonomías emitidas por organismos supranacionales, estatales o privados se enfocan en definir qué industrias o proyectos son considerados verdes, sociales o sostenibles, pero ninguna especifica cuál es el catálogo o listado de industrias o proyectos marrones[4]. Por tal razón, este tipo de industrias suelen definirse por oposición a las industrias catalogadas como verdes[5].

 

La primera impresión que uno tiene cuando se incluye a las industrias marrones y a las finanzas sostenibles en una misma oración es que se trata de dos categorías que no se llevan muy bien. Si el financiamiento sostenible es aquél orientado a otorgar fondeo para proyectos con un impacto ambiental y/o social positivo[6], pareciera difícil que puedan financiarse mediante esta herramienta industrias que tienen una generación intensiva de GEI y, por lo tanto, su potencial contaminante es sustancialmente mayor respecto de otras actividades.

 

Siguiendo este razonamiento, en la medida que el portafolio de los inversores institucionales migre de forma cada vez más significativa hacia inversiones sostenibles (ya sea por razones regulatorias o políticas internas de inversión)[7] las oportunidades de financiamiento de las industrias marrones podrían verse restringidas o, de obtener el financiamiento, sería en condiciones más desventajosas (como, por ejemplo, mayor tasa o menor diversificación y/o calidad de inversores). Este tema cobra mayor importancia en países emergentes, como Argentina, en tanto la transición hacia una economía sostenible es un proceso mucho más lento.

 

La intención de este artículo es analizar cuán “aliadas” o “enemigas” pueden ser las industrias marrones y las finanzas sostenibles y si, efectivamente, existe un ostracismo en los mercados financieros sostenibles respecto de las industrias marrones o si, por el contrario, existen oportunidades de financiamiento verde, social o sostenible para este tipo de industrias. Para ello, me focalizaré en el financiamiento sostenible en el ámbito del mercado de capitales, analizando si existen oportunidades de emisión de bonos verdes, sociales, sostenibles (“Bonos SVS”) o vinculados a la sostenibilidad (“Bonos VS”)[8] por parte de compañías dedicadas a las industrias marrones.

 

II. La estrategia de transición y las taxonomías

 

Teniendo en cuenta lo indicado en el Guidance Handbook preparado por la International Capital Market Association (“ICMA”), como regla, cualquier compañía de cualquier actividad, incluyendo aquellas dedicadas a la industria marrón podrían emitir Bonos SVS o Bonos VS[9].

 

En la misma línea, la Guía de Bonos Sociales Verdes y Sustentables emitida por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) indica que la emisión de Bonos SVS para compañías dedicadas a la industria marrón no está restringida. En este sentido, a los fines de etiquetar un instrumento de deuda como verde, social o sustentable, BYMA “toma en consideración el uso específico de los ingresos de cada bono individual, sin considerar las actividades comerciales más amplias del emisor. No se excluye a los emisores en función de su línea de negocios, ya que cualquier línea de negocios puede contribuir a la transición hacia una economía más sustentable. Todos los emisores, independientemente del sector económico en el cual se desempeñan, tienen la posibilidad y la responsabilidad de realizar y/o financiar proyectos que mitiguen los efectos negativos sobre el medio ambiente y/o el medio social”[10]. Por su parte, la Guía de Bonos Vinculados a la Sostenibilidad, también elaborada por BYMA, aclara que “cualquier compañía, gobierno u organización puede emitir un Bono VS mientras cumpla con las condiciones legales y regulatorias vigentes”[11].

 

Teniendo en cuenta lo indicado precedentemente, pareciera que la afirmación de la introducción de este trabajo es falsa y, por lo tanto, las industrias marrones podrían acceder a financiamiento sostenible y no estarían excluidas de los mercados de capitales.

 

Sin embargo, si bien es cierto que, como principio general, las compañías dedicadas a las industrias marrones no están restringidas para la emisión de Bonos SVS o Bonos VS, esta posibilidad está sujeta a requerimientos y requisitos establecidos no sólo por el estándar de emisión elegido por cada emisor en particular (como, por ejemplo, los Principios ICMA[12]) sino también por las exigencias que los inversores tengan previstas en sus políticas internas para poder calificar la inversión como verde, social, sostenible o vinculada a la sostenibilidad.

 

En este sentido, el Guidance Handbook de ICMA indica que si bien el enfoque de los Bonos SVS y VS está basado en proyectos u objetivos con impacto ambiental y/o social positivo y no en la línea de negocios de los emisores, en presencia de cuestiones controvertidas, como actividades basadas en combustibles fósiles, extractivas o nucleares, los inversores y las bolsas de valores, entre otros participantes del mercado, también pueden requerir información adicional sobre la importancia estratégica de la sostenibilidad para el negocio de los emisores, información clara sobre la estrategia de transición del emisor y/o los beneficios de sostenibilidad de los proyectos subyacentes que van más allá de las normas establecidas en el sector y el negocio habitual de los emisores[13]. En una línea similar, pero con un enfoque orientado a la actividad y no a los proyectos a ser financiados, el manual de preguntas frecuentes de Climate Bonds Initiative (“CBI”) indica que en el caso de industrias marrones como el sector de oil & gas, las posibilidades de emitir un bono certificado por el standard de CBI no están, en principio, restringidas pero a los fines de la certificación se considerarán elegibles las empresas petroleras que refinancien y/o inviertan en activos bajos en carbono[14].

 

De lo indicado precedentemente, surgen dos aspectos clave a ser considerados por cualquier compañía de la industria marrón que esté analizando recurrir a los mercados de capitales para la emisión de un Bono SVS o un Bono VS: la estrategia de transición del emisor y las políticas internas de los inversores, sobre todo institucionales, que tengan intenciones de invertir en este tipo de instrumentos de deuda emitidos por emisores dedicados a las industria marrón. En particular, la taxonomía que adopten para clasificar las inversiones de su portafolio como verdes, sociales, sustentables o vinculadas a la sostenibilidad.

 

II.1. El concepto de transición

 

Tal como indica el Climate Transition Finance Handbook (“CTFH”) preparado por ICMA, no existe una única definición del concepto de “transición” en el ámbito de las finanzas sostenibles, como tampoco una única clasificación de aquellos proyectos que podrían calificar como “proyectos de transición”[15].

 

Según el CTFH, el concepto de “transición”, en el ámbito de las finanzas sostenibles, se refiere a la estrategia de reducción de emisiones de GEI por parte de una compañía, ya sea respecto de su actividad principal (“core business”) o a través de la diversificación de la línea de negocios hacia actividades de baja emisión de GEI[16].

 

Si bien, como se indicó en los párrafos precedentes, las industrias marrones no están, en principio, restringidas para emitir Bonos SVS y Bonos VS en tanto tengan proyectos u objetivos con impacto ambiental y/o social positivo que sean elegibles bajo los estándares seleccionados para dicho financiamiento, el CFTH aclara que en el caso de este tipo de industrias es recomendable que los emisores que tengan intenciones de emitir este tipo de instrumentos cuenten con una estrategia de transición que pueda divulgarse tanto en los documentos de la oferta como en reportes anuales y que el objetivo del financiamiento mediante Bonos SVS y Bonos VS esté alineado con dicha estrategia.

 

En esta línea, el CFTH destaca los siguientes requisitos:

 

(i) en el caso de Bonos SVS: los proyectos a ser financiados implican una contribución significativa a la reducción de emisiones GEI, conforme lo contemplado en la estrategia de transición del emisor en cuestión. Los proyectos pueden incluir proyectos ambientales (verdes) que implicaría una contribución directa a la trayectoria de emisiones GEI, y/o proyectos (incluidos los sociales) vinculados a la estrategia de transición del emisor en general; y

 

(ii) en el caso de Bonos VS: uno o más de los indicadores de rendimiento (KPI) miden el nivel de emisiones GEI ya sea de manera directa o indirecta, siempre tomando en consideración métricas basadas en parámetros técnicos y científicos.

 

Por su parte, en su guía sobre financiamiento de transición, CBI indica cinco principios clave que deben ser contemplados en la estrategia de transición de cualquier emisora en caso de que pretenda obtener financiamiento mediante la emisión de un bono etiquetado[17]. Los principios son los siguientes[18]:

 

(i) los objetivos y las etapas de la estrategia deben estar alineados con los compromisos asumidos bajo el Acuerdo de París, en particular, reducir el aumento de la temperatura global a 1,5° C para 2050;

 

(ii) los objetivos y cada una de las etapas de la estrategia deben contar con la participación de científicos expertos en la temática;

 

(iii) la estrategia debe tener por finalidad una reducción directa de las emisiones GEI, por lo que los mecanismos de compensación de emisiones no se alinearían con este objetivo o podría afectar la credibilidad de la estrategia de transición por parte de los inversores;

 

(iv) las etapas de la estrategia deben contemplar una evaluación de las tecnologías actuales utilizadas por la emisora en cuestión, como también de las tecnologías que se espera utilizar en el futuro, en particular, determinar si existe una tecnología viable que debería ser utilizada o implementada para contribuir al camino de descarbonización para la actividad económica de la emisora en cuestión; y

 

(v) la estrategia debe estar respaldada por métricas y acciones concretas que contribuyan al objetivo de descarbonización para la actividad económica de la emisora en cuestión.

 

II.2. Las taxonomías

 

En el marco de las finanzas sostenibles, el término “taxonomía” refiere a un sistema de clasificación que identifica actividades, activos y/o categorías de proyectos que cumplen con objetivos clave en términos climáticos, verdes, sociales o sostenibles, con referencia a umbrales y/o metas identificados. Las taxonomías pueden contemplar diferentes enfoques de elegibilidad de la actividad, el activo o el proyecto como verde, social o sostenible. Algunas introducen criterios de elegibilidad que pueden ser cuantitativos (por ejemplo, umbrales de rendimiento absolutos y relativos) o cualitativos, basados en procesos. Otras simplemente enumeran y describen los proyectos, activos, actividades basados en una evaluación de su sostenibilidad[19].

 

Las taxonomías son relevantes porque brindan criterios objetivos para evaluar la elegibilidad de la actividad, el activo o el proyecto para otorgar financiamiento y establecen pautas claras para clasificar la composición de un portafolio de inversiones sostenibles.

 

En esta línea, los inversores institucionales, al momento de diseñar sus políticas de inversión, recurren a las taxonomías para contar con criterios claros para la clasificación de su portafolio de inversiones y brindar transparencia al mercado.

 

En efecto, las taxonomías aparecen como una de las herramientas más eficaces para prevenir el greenwashing en tanto brindan un catálogo de criterios que permiten establecer qué califica como verde, social o sustentable y qué está fuera de ese alcance.

 

Como se señaló en los párrafos precedentes, si bien, en principio, las industrias marrones no están excluidas del mercado de las finanzas sostenibles, al momento de diseñar el financiamiento es clave que la emisora en cuestión tenga en cuenta el perfil de los inversores a los que ofrecerá el bono y qué taxonomías utilizan a fin de determinar si el financiamiento sería elegible o no bajo dichas taxonomías.

 

Este proceso presenta varios desafíos en tanto existe una pluralidad de taxonomías vigentes, a lo cual se suma que el estándar de emisión de Bonos SVS y VS más utilizado, el previsto por ICMA, tiene un enfoque basado en proyectos que debe compatibilizarse con la taxonomía que sea aplicable.

 

En este sentido, según el relevamiento realizado por ICMA, las taxonomías provienen de diversos orígenes: supranacional, nacional y privado[20]. La taxonomía de fuente supranacional por excelencia es el Reglamento de la Unión Europea 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles. A nivel nacional, China, Malasia y Sudáfrica han elaborado taxonomías propias, sumándose a este listado: (i) Colombia que en 2022 lanzó su taxonomía verde[21]; y (ii) República Dominicana y Panamá que recientemente publicaron su taxonomía verde[22]. Por su parte, a nivel mercado / organismos privados especializados, se encuentra la taxonomía elaborada por Climate Bonds Initiative. Adicionalmente, los organismos multilaterales de crédito también tienen un set de principios y guías con el objetivo de establecer un listado de actividades que podrían recibir financiamiento en el marco de financiamientos verdes, sociales o sostenibles[23].

 

En Argentina, a la fecha, no contamos con una taxonomía vigente. En esta línea, los Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Temáticos de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y la guía de BYMA indican que “para los valores negociables verdes, se recomienda la elección como proyectos elegibles de las categorías identificadas en la Taxonomía de CBI y en los GBP [Principios ICMA]. (…) Para los valores negociables sociales, se recomienda la elección como proyectos elegibles de las categorías identificadas en los SBP [Principios ICMA]”[24].

 

En cuanto a los fondos de inversión abiertos ASG, la normativa de la CNV indica que el reglamento de gestión de este tipo de fondos debe contener “información referida a los objetivos en materia ASG, categorías de proyectos verdes, sociales o sustentables elegibles, criterios de elegibilidad a aplicar, proceso de evaluación y selección de activos, criterios de exclusión y criterios de control y reporte, en caso que se decida aplicar alguno”[25]. Es decir que la normativa de la CNV, en el caso de este tipo de fondos de inversión, brinda flexibilidad a este tipo de fondos respecto a la taxonomía a adoptar para la clasificación de los proyectos que componen su cartera de inversiones sostenibles.

 

II.3. El cuadro de doble entrada

 

Teniendo en cuenta lo anterior, una compañía de la industria marrón, al momento de diseñar los términos y condiciones de la emisión de un Bono SVS o un Bono VS, debe (i) tener en cuenta cuál es el perfil de inversores que pretende capturar y qué taxonomía adopta; y (ii) que estándares adoptará para encuadrar el instrumento bajo la etiqueta correspondiente.

 

Si adopta los Principios ICMA, que son los más utilizados en el mercado de las finanzas sostenibles, se daría una especie de “cuadro de doble entrada” ya que el estándar de ICMA se basa en proyectos mientras que la mayoría de las taxonomías define o clasifica actividades. Por lo que el emisor tendrá el desafío de compatibilizar el estándar con la taxonomía a los fines de que el instrumento que emita sea una inversión elegible para el perfil de inversores que pretende capturar[26].

 

III. Las experiencias a nivel internacional y local

 

En línea con lo detallado precedentemente, las industrias marrones no están excluidas de la posibilidad de acceder a financiamiento sostenible, siempre que se contemplen los aspectos clave detallados en el capítulo II de este trabajo. De este modo, hay precedentes a nivel internacional y local de emisiones de bonos temáticos realizadas por compañías dedicadas a la industria marrón o cuyo producido será destinado a actividades calificadas típicamente como marrones. A continuación, detallamos algunos ejemplos a nivel internacional y local:

 

  • Sociedad Química y Minera de Chile S.A. – en 2021 y en 2023 emitió bonos internacionales etiquetados como verdes por la suma de US$700 millones (con una tasa de interés del 3,500% nominal anual) y US$750 millones (con una tasa de interés del 6,500% nominal anual) respectivamente[27]. Los fondos obtenidos de cada emisión serán destinados de acuerdo con el marco de financiamiento verde de la compañía[28], en particular, a proyectos sostenibles de extracción y procesamiento de litio[29].
  • Bank of China Luxembourg Branch – en 2023 emitió un bono verde por un total de CNY 2.282,46 millones cuyo producido será aplicado a proyectos de reducción de emisiones de carbono y la eficiencia energética de la actividad del procesamiento del acero, como también a proyectos de reciclaje de hierro y acero. Los proyectos fueron alineados con la taxonomía de la Unión Europea, como también la taxonomía de CBI[30].
  • Cadent (principal distribuidor de gas en Gran Bretaña) – en 2020 emitió un bono de “transición” cuyo producido sería aplicado a la adaptación de las redes de transmisión y distribución de gas para facilitar la integración de hidrógeno y otros gases bajos en carbono y reducir la filtración de metano[31].
  • European Bank for Reconstruction and Development, EBRD – en 2019 emitió un bono verde para financiar proyectos vinculados a actividades de la industria marrón (hard-to-abate sectors) orientados a mejorar la eficiencia energética en los procesos de producción de químicos, acero y cemento, entre otros proyectos[32].
  • Repsol – en 2017 emitió un bono verde cuyo producido fue aplicado a financiar proyectos y tecnologías de eficiencia energética para reducir las emisiones de metano de las refinerías. Sin embargo, como indica CBI al analizar este instrumento, ni el uso de los ingresos ni la estrategia corporativa estaban alineados en ese momento con el Acuerdo de París. En 2019, Repsol se comprometió a ser cero neto de carbono para 2050, lo que significa que tanto la etiqueta de transición como la etiqueta verde pueden ser aplicables para futuros bonos, dependiendo del detalle y la alineación con los estándares correspondientes[33].
  • Fideicomiso Financiero NASA IV – en 2023 se emitieron valores fiduciarios vinculados a la sostenibilidad en el mercado local con el objetivo de alcanzar el crecimiento de la generación nucleoeléctrica con cero emisiones de gases de efecto invernadero en el proceso productivo para el 2025, teniendo en cuenta las Centrales Nucleares Embalse y Atucha II[34].

IV. Conclusiones

 

Respondiendo a la pregunta que titula este trabajo, puede concluirse que las industrias marrones y las finanzas sostenibles no sólo pueden, sino que deben ser aliadas en tanto los instrumentos temáticos son una herramienta eficaz para el financiamiento de la estrategia de transición de este tipo de actividades.

 

Sin embargo, se presentan desafíos para las compañías que pretendan acceder a los mercados de capitales para capturar inversores con un perfil sostenible. En particular, la multiplicidad de taxonomías y los diferentes enfoques de clasificación implican un trabajo de adaptación que en el caso de este tipo de industrias se vuelve aún más relevante ya que el escrutinio por parte de los inversores sobre los proyectos a ser financiados y la estrategia de transición puede ser mayor en comparación con actividades que por esencia califican como verdes, sociales o sostenibles.

 

No obstante, dichos desafíos pueden ser superados. En efecto, hay varios ejemplos en el mercado de emisiones de instrumentos etiquetados para financiar proyectos vinculados a actividades de la industria marrón.

 

La alianza entre las industrias marrones y las finanzas sostenibles es aún más relevante en los países emergentes como Argentina, donde la posibilidad de alcanzar las metas asumidas bajo el Acuerdo de París implica un proceso más lento y la necesidad de un fondeo significativo. Por ejemplo, sólo considerando el sector energético, durante el primer trimestre de 2024, el 54,4% de la generación neta de energía provino de fuentes térmicas, mientras que el 37,4% fue de origen renovable y el 8.2% nuclear[35]. Durante dicho período, del parque térmico, el combustible más utilizado fue el gas natural, siguiendo el gasoil y fueloil y, en menor medida, el carbón mineral[36].

 

Los números referidos demuestran que existe en Argentina una clara necesidad de financiamiento para la transición energética (como también para otros sectores)[37] a los fines de alcanzar las metas comprometidas bajo el Acuerdo de París. En este sentido, compañías cuyo core business es la industria marrón podrían recurrir a las finanzas sostenibles como herramienta de financiamiento, pero, como se señaló a lo largo de este trabajo, es clave contar con una estrategia de transición robusta y un claro encuadramiento de los proyectos a financiar bajo alguna de las taxonomías existentes a fin de capturar el interés de inversores con perfil sostenible.

 

 

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[1] Un concepto similar al de “brown industries” es el de “harder-to-abate sectors”. En línea con la noción de “brown industries”, este concepto se refiere a los sectores de la economía con costos de reducción de emisiones relativamente más altos que el resto de la economía. Estos incluyen, entre otros, la industria pesada (cemento, acero, productos químicos) y transporte pesado (transporte pesado por carretera, transporte marítimo, aviación) (ver Energy Transitions Commission, “Mission possible: Reaching net-zero carbon emissions from harder-to-abate sectors”, Noviembre 2018, p. 11, disponible en https://www.energy-transitions.org/wp-content/uploads/2020/08/ETC_MissionPossible_FullReport.pdf).

[2] La Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global N° 27.520 (sus modificatorias y complementarias) define a los gases de efecto invernadero como aquellos “gases integrantes de la atmósfera, de origen natural y antropogénico, que absorben y emiten radiación de determinadas longitudes de ondas del espectro de radiación infrarroja emitido por la superficie de la Tierra, la atmósfera y las nubes” (artículo 3, inciso e), https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/330000-334999/333515/norma.htm).

[3] Ver https://midandwest.co.uk/glossary-brown-industries#:~:text=The%20highest%20greenhouse%20gas%20and,steel%2C%20aluminium%20and%20cement%20industries.

[4] Conforme lo indica ICMA en su reporte “Overview and Recommendations for Sustainable Finance Taxonomies” (Mayo 2021, op. cit.), sólo Sudáfrica se encontraba trabajando en un proyecto para la creación de una taxonomía de industrias marrones (ver p. 15 del reporte).

[5] Ver “ESG Credit Quarterly: 1Q20 Defining “Brown” Harder than “Green”, but Has Potentially Greater Credit Implications” (Sustainable Fitch, Abril 2020 disponible en el siguiente link https://www.sustainablefitch.com/corporate-finance/esg-credit-quarterly-1q20-20-04-2020?sFWebAccessReportValidation=true&mkt_tok=NzMyLUNLSC03NjcAAAGTd64vxA22EVXfDW7JN4Xasz4t8DdLyTonwn3JIvWH7OpaQfC3RHCwvS101gcbj5dXh3lRlzTsSNzO33gbd_OXdwuw2p0jS5WYhR6ZGUT85TLkhpxIbbSa).

[6] Mesa Técnica de Finanzas Sostenibles – Estrategia Nacional de Finanzas Sostenibles (Mayo 2023, p. 5), disponible en https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/287232/20230529.

[7] Ver Fanizza, D. y Cerami, L., “A Market for Brown Assets To Make Finance Green” disponible en https://www.elibrary.imf.org/view/journals/001/2023/011/article-A001-en.xml.

[8] Los bonos verdes, sociales y sustentables son instrumentos de deuda cuyo uso de fondos está exclusivamente orientado a proyectos con un impacto social y/o ambiental positivo. Los bonos vinculados a la sostenibilidad, en cambio, son instrumentos de deuda que establecen objetivos de desempeño sostenible que, en base a ciertos indicadores clave de desempeño (KPI), deben ser alcanzados en una determinada fecha o plazo, aplicándose una consecuencia económica para el emisor si dichos objetivos no son cumplidos en el tiempo previsto (ver Corrá, M. I., Pagani, F. y Tuculet, M. V., “Breve análisis del impacto de las políticas ASG en los negocios”, 5.5.2023, Abogados.com.ar, disponible en https://abogados.com.ar/breve-analisis-del-impacto-de-las-politicas-asg-en-los-negocios/32539).

[9] “1.2 Who can issue a Green, Social, Sustainability or SustainabilityLinked Bond? Subject to any applicable law or regulation, all types of issuers in the debt capital markets can issue a GSS Bond or an SLB as long as it is aligned with the Core Components of the Principles. […]” (Guidance Handbook, ICMA, Noviembre 2023, disponible en https://www.icmagroup.org/assets/documents/Sustainable-finance/2023-updates/The-Principles-Guidance-Handbook-November-2023-291123.pdf).

[10] Guía de Bonos Sociales Verdes y Sustentables, BYMA, p. 23, disponible en https://www.byma.com.ar/wp-content/uploads/dlm_uploads/2019/08/BYMA-GUIA-BONOS-SVS-2020-08.pdf.

[11] Guía de Bonos Vinculados a la Sostenibilidad, BYMA, p. 12, disponible en https://www.byma.com.ar/wp-content/uploads/2022/02/BYMA-Guia-Bonos-VS-.pdf.

[12] Ver los principios de la ICMA para la emisión de Bonos SVS y Bonos VS, disponibles en https://www.icmagroup.org/sustainable-finance/the-principles-guidelines-and-handbooks/.

[13] “1.9 Can a Green Bond, Sustainability or Sustainability-Linked Bond be issued by an issuer that has low ESG ratings, exposure to controversial issues or controversial sectors/technologies (such as fossil fuels or nuclear energy)? The focus of Green Bonds is on the eligible Green Projects rather than on the issuer itself. It should nonetheless be noted that the GBP recommend that issuers clearly communicate to investors their environmental sustainability objectives overall, and how they will identify and manage potential environmental and social risks associated with the selected projects. Many investors consider the issuer’s profile and take into consideration the quality of the issuer’s overall profile and performance regarding environmental sustainability for Green Bonds, Sustainability Bonds and Sustainability-Linked Bonds. In the presence of controversial issues, such as fossil fuel, extractive or nuclear based activities, or limited overall sustainability credentials, investors, stock exchanges, index providers and other market participants may also require additional transparency from the issuer. In particular, additional disclosures may be sought around the strategic importance of sustainability for the business, demonstration of the issuer’s transition strategy and/or the sustainability benefits of the underlying projects that go beyond established sector norms and business as usual. […]” (Guidance Handbook, ICMA, Noviembre 2023, op. cit.).

[14] “Q: Will oil and gas companies be allowed to issue Climate bonds? The Standard will assess the low carbon value of the bond as it relates to the intentions of the issuer and the assets linked to the bond. Oil companies re-financing and/or investing in low carbon assets applicable under the Standard, such as wind energy, would be eligible. We intend to also examine other investments in the sector that would be consistent with achieving the 1.5C° goal of the Paris Climate Change Agreement.” (disponible en https://www.climatebonds.net/standard/faqs).

[15] Climate Transition Finance Handbook, ICMA, Junio 2023, p. 3 disponible en https://www.icmagroup.org/assets/documents/Sustainable-finance/2023-updates/Climate-Transition-Finance-Handbook-CTFH-June-2023-220623v2.pdf. Por ejemplo, el Reglamento de la Unión Europea N° 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles define a las actividades de transición como aquellas actividades que apoyan “[…] la transición hacia una economía climáticamente neutra coherente con un plan para limitar el aumento de la temperatura a 1,5 °C respecto de los niveles preindustriales, mediante la eliminación progresiva de las emisiones de gases de efecto invernadero, especialmente las emisiones procedentes de combustibles fósiles, y cuando dicha actividad: a) registre unos niveles de emisiones de gases de efecto invernadero que se corresponden con el mejor rendimiento en el sector o la industria; b) no obstaculice el desarrollo y la implantación de alternativas de bajas emisiones de carbono, y c) no conlleve la retención de activos intensivos en carbono teniendo en cuenta la vida económica de dichos activos. […]” (artículo 10, apartado 2 del Reglamento referido, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32020R0852). Cabe destacar que, recientemente, la Comisión de la Unión Europea, mediante el Reglamento Delegado 2022/1214 contempló a la generación de electricidad a partir de combustibles fósiles gaseosos y a la energía nuclear como actividades de transición, sujeto a ciertos requisitos y umbrales de emisión (ver https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32022R1214). Las actividades capturadas por la taxonomía de la Unión Europea son relevantes, entre otras cuestiones, para la emisión de bonos verdes en el espacio comunitario, de acuerdo con los requisitos del Reglamento de Bonos Verdes de la Unión Europea, que entrará en vigencia a partir del 21 de diciembre de 2024. El Reglamento de Bono Verde Europea establece un estándar voluntario para los emisores de bonos que deseen utilizar la etiqueta “Bono Verde Europeo” o “EuGB” (ver https://finance.ec.europa.eu/sustainable-finance/tools-and-standards/european-green-bond-standard-supporting-transition_en). Es relevante señalar, además, que la alineación de una actividad conforme a la taxonomía de la UE requiere, adicionalmente, cumplir con la dimensión social prevista por el Reglamento N° 2020/852. En esta línea, el artículo 18 del reglamento referido establece que las empresas deben contemplar en el desarrollo de su actividad las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, incluidos los principios y derechos establecidos en los ocho convenios fundamentales a que se refiere la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y la Carta Internacional de Derechos Humanos.

Por su parte, la guía elaborada por CBI, define a las actividades de transición en un sentido similar al de la Unión Europea pero contemplado categorías amplias de actividades económicas que quedarían encuadradas en este concepto: net zero (actividades que ya están en niveles bajos de emisiones de GEI pero que podrían requerir medidas adicionales de descarbonización, sin implicar una transición significativa), pathway to zero (actividades económicas que continuarán siendo necesarias con posterioridad a 2050 y que contemplan una estrategia de descarbonización alineada con el objetivo de limitar el aumento de la temperatura global a 1,5° C en 2050), no pathway to zero (actividades económicas que son necesarias con posterioridad a 2050 pero que no tienen una estrategia de descarbonización alineada con el objetivo de limitar el aumento de la temperatura global a 1,5° C en 2050), interim (actividades económicas necesarias en la actualidad pero que no deberían continuar realizándose con posterioridad a 2050) y stranded (actividades económicas que no pueden alinearse con los objetivos en materia de calentamiento global y que cuentan con una alternativa o sustituto con bajos niveles de emisión de GEI). A diferencia del Reglamento de la Unión Europea (que las contempla como una categoría diferente), la guía de CBI también incluye a las actividades facilitadoras dentro del concepto de actividades de transición. Según CBI, las actividades facilitadoras, transversales a las categorías enumeradas precedentemente, son aquellas que producen bienes y/o prestan servicios que son esenciales para permitir que otras actividades seguir los caminos de descarbonización alineados con los objetivos del Acuerdo de París (por ejemplo, fabricar de turbinas eólicas o reciclaje de metales o captura y almacenamiento de carbono). Ver CBI, “Financing Credible Transitions”, Septiembre 2020, p. 4, disponible en https://www.climatebonds.net/files/reports/cbi_fincredtransitions_final.pdf.

[16] Climate Transition Finance Handbook, ICMA, Junio 2023, pp. 5 y 6, op. cit.

[17] En cuanto al etiquetado del bono, si bien se ha postulado la categoría de bono de transición como categoría autónoma, en su último reporte CBI sugiere que la etiqueta “de transición” sea utilizada como una sub etiqueta de la categoría “verde” (CBI, “Sustainable Debt – Global State of the Market 2023”, p. 28, disponible en https://www.climatebonds.net/files/reports/cbi_sotm23_02h.pdf).

[18] CBI, “Financing credible Transitions: How to ensure the transition label has impact”, Septiembre 2020, pp. 4, 13-15, disponible en https://www.climatebonds.net/files/reports/cbi_fincredtransitions_final.pdf.

[19] ICMA, “Overview and Recommendations for Sustainable Finance Taxonomies”, p. 5, op. cit.

[20] ICMA, “Overview and Recommendations for Sustainable Finance Taxonomies”, op. cit.

[21] Ver https://www.taxonomiaverde.gov.co/webcenter/portal/TaxonomaVerde.

[22] Ver https://www.presidencia.gob.do/noticias/gobierno-publica-la-taxonomia-verde-de-la-republica-dominicana-para-fomentar-inversiones#:~:text=La%20Taxonom%C3%ADa%20Verde%20es%20un,esta%20materia%20por%20el%20pa%C3%ADs y https://www.superbancos.gob.pa/documentos/taxonomia_finanzas_sostenibles/faq_fin_sost_pa.pdf, respectivamente.

[23] ICMA, “Overview and Recommendations for Sustainable Finance Taxonomies”, op. cit.

[24] Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Temáticos, p. 14, disponible en https://www.cnv.gov.ar/descargas/marcoregulatorio/blob/f91c45e3-810a-4a27-92c5- d08457feb894. En la misma línea, la guía de BYMA señala: “Estos proyectos deberán estar alineados a las categorías indicadas por los GBP, los CBS o los SBP que son aceptadas por BYMA como válidas al ser consideradas como “proyectos verdes”, “proyectos sociales”, “proyectos sustentables”, según corresponda. Se define en esta etapa el marco de selección de proyectos a financiar que se encuentra en línea con los mencionados principios”.

[25] Artículo 3, inciso b), Sección I, Capítulo IX, Título V de las Normas de la CNV (t.o. 2013, sus modificatorias y complementarias) disponible en https://www.cnv.gov.ar/sitioWeb/MarcoRegulatorio?panel=3.

[26] “The usability of the GBP in conjunction with the taxonomies may however raise methodological issues. This is mainly because the GBP functions with a project-based approach while the EU Taxonomy and some other taxonomies function with an “economic activity” based classification. Although there is existing high-level guidance from the EU’s Technical Expert Group on Sustainable Finance on how to convert activities into projects21, there are challenges in reconciling the two approaches. These are among other: • Activities can involve primarily operational expenses rather than the capital expenditures or asset refinancing that projects largely focus on. • The eligibility of green projects can be based on a holistic assessment of their expected sustainability impact that may not fully translate under an activity classification. • Green projects may rely on new technologies that are not yet reflected in activity classifications. • Generally, activity classifications often remain incomplete as yet and focused on a limited number of environmental objectives. • Activity-based classifications can be binary and therefore not fully capture transition-themed projects that typically involve a forward-looking process rather than an activity.” (ICMA, “Overview and Recommendations for Sustainable Finance Taxonomies”, p. 26, op. cit.).

[27] Ver https://ir.sqm.com/English/Fixed-Income/Current-Bonds/default.aspx.

[28] Disponible en https://s25.q4cdn.com/757756353/files/doc_downloads/2023/12/sqm-green-bond-framework_sept2021-vfinal.pdf.

[29] Este precedente podría resultar de particular relevancia en Argentina teniendo en cuenta el potencial del desarrollo del litio en el país.

[30] Ver https://s25.q4cdn.com/757756353/files/doc_downloads/2023/12/sqm-green-bond-framework_sept2021-vfinal.pdf. Ver también CBI, “Sustainable Debt – Global State of the Market 2023”, p. 8, op. cit.).

[31] Ver https://www.londonstockexchange.com/discover/news-and-insights/cadent-gas-case-study-funding-transition-low-carbon-economy. Ver también CBI, “Financing credible Transitions: How to ensure the transition label has impact”, Septiembre 2020, p. 7, op. cit.

[32] Ver https://www.ebrd.com/work-with-us/sri/green-bond-issuance.html. Ver también CBI, “Financing credible Transitions: How to ensure the transition label has impact”, Septiembre 2020, p. 7, op. cit.

[33] Ver CBI, “Financing credible Transitions: How to ensure the transition label has impact”, Septiembre 2020, p. 7, op. cit.

[34] Ver CNV, “Mercado de Deuda Sostenible en Argentina – 30 sep 2023”, p. 7., disponible en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/informe_del_mercado_de_deuda_sostenible_-_3q-2023_vf.pdf.

[35] Ver https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/t12024.pdf.

[36] Idem.

[37] Ver Mesa Técnica de Finanzas Sostenibles – Estrategia Nacional de Finanzas Sostenibles (Mayo 2023) – Disponible en https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/287232/20230529. UN Environment Inquiry 2018 / Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático – Disponible en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/pnaymcc_2022_-_vf_resol.pdf.

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