En la causa “Ayala, Hugo Omar c/ Villafañe, Jonathan, Cristian s/ Ordinario”, la parte actora apeló la resolución de primera instancia que denegó su solicitud de librar oficio al Banco Central de la República Argentina (BCRA) a los fines de averiguar si el demandado posee cuentas bancarias.
Las magistradas que componen la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial señalaron en primer lugar que “no corresponde, en principio, que el Juzgado investigue dentro del marco de un juicio que involucra únicamente derechos patrimoniales, como es el caso de autos”, añadiendo que “la información concierne al interés particular de una de las partes y debe ser obtenida por ella”.
Sin embargo, las camaristas explicaron que “en la medida en que no se pueda obtener la información en forma extrajudicial -circunstancia que deberá ser debidamente acreditada en la causa-, nada obsta al libramiento de un oficio dirigido al banco central a fin de requerir información sobre la existencia de cuentas a nombre del accionado, pues no se trata de comunicar una medida cautelar ya ordenada, ni obtener informaciones que los clientes brindan de índole personal y confidencial a las entidades financieras a raíz de las operaciones que estos realizan”.
En tal sentido, las Dras. Matilde Ballerini y María L. Gómez Alonso de Díaz Cordero determinaron que “tan solo se requieren datos generales -informar si la defendida es titular de alguna cuenta en esas entidades financieras- y esta información no precisamente afecta el secreto bancario”, por lo que decidieron admitir el recurso planteado con dicho alcance.
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