Rechazan Pedido de Pensión por Fallecimiento Efectuado por un Gay
La Justicia Federal decidió no hacer lugar al pedido presentado por un gay mediante el cual solicitaba que se le otorgase una pensión por la muerte de su pareja. El reclamo judicial se produjo luego de que la Administración Nacional de la Seguridad Social desestimara el reclamo administrativo alegando que el solicitante de la pensión posee el mismo sexo que el causante. La jueza de primera instancia de la Seguridad Social, Adriana Lucas, decidió rechazar el amparo presentado por Adolfo Adaro, quien reclamaba una pensión por la muerte de su pareja, con quien vivió más de 25 años y se encontraba unido civilmente, por considerar que la acción de amparo no es la vía idónea para el reclamo. A su vez, la magistrada, expresó que la ley civil ha adoptado el criterio tradicional de concebir a la institución matrimonial como un vínculo entre el hombre y la mujer. La letrada, destacó la opinión legal emitida por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, donde se señalan todas las disposiciones del Código Civil, las cuales al hacer mención al matrimonio, resaltan la diversidad de sexos. La letrada, expresó que no se pudo demostrar la existencia de un daño concreto y grave que deba ser reparado por medio de una acción de amparo. Recordó lo expresado en la Constitución Nacional, donde se establece que dicha vía excepcional, sólo procede en los casos de que una acción u omisión de la autoridad pública que amenace con arbitrariedad e ilegalidad manifiesta los derechos o garantías reconocidos por la Constitución Nacional, en ausencia de otro medio más idóneo. Resulta trascendente destacar, que el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, en el momento de recibir la denuncia efectuada por el solicitante, consideró que esta clase de negativas son discriminatorias.

 

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