La Cámara Baja Aprobó el Proyecto sobre Regulación de Prepagas
La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley, mediante el cual se establece la regulación sobre funcionamiento de la prestación de servicios por parte de las empresas de medicina prepaga, en el cual se determinan las sanciones a las mismas en caso de incumplimientos, así como también cuáles deben ser las coberturas parciales, entre otras regulaciones. En dicha norma, se contemplan sanciones para las empresas que no cumplan con las prestaciones contenidas en el Plan Médico Obligatorio, las cuales pueden ascender hasta cinco millones de pesos. En relación a las coberturas parciales, se prohíbe que sean establecidas por niveles de complejidad o por edad, permitiéndose sólo en los servicios odontológicos, los traslados sanitarios y las emergencias médicas. A su vez, las coberturas parciales también se permiten a aquellas empresas cuyo padrón no supere los cinco mil usuarios, desempeñando su actividad en una única localidad. Con relación a las enfermedades preexistentes, se establece que sólo podrán establecerse por medio de una declaración jurada del usuario, no pudiendo ser una causa de rechazo por parte de la prepaga. En tal sentido, el proyecto, contempla que por cuestiones de enfermedades preexistentes ni por períodos de carencia se pueden limitar las prestaciones. Por otro lado, uno de los puntos importantes que regula la iniciativa, es el referido a los aumentos que sufren las cuotas de las personas mayores de 65 años. En relación a ello, se establece que la Superintendencia de Servicios de Salud, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley, deberá fijar los porcentajes en que se aumentarán los costos en relación al riesgo por edad, estableciendo que aquellas personas que alcancen los 65 años con más de 10 años de antigüedad, no podrán sufrir modificaciones en sus cuotas.

 

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