Revocan Arresto Domiciliario de Barreda por Salida Sin Autorización Judicial

La Cámara de Apelación y Garantías de La Plata revocó el arresto domiciliario que fuera oportunamente dispuesto a favor del condenado por el cuádruple crimen Ricardo Barreda y ordenó su inmediata detención, como consecuencia de su salida hacia una farmacia ubicada enfrente de su vivienda, sin autorización judicial, ante la falta de pruebas de la urgencia motivada en su estado de salud.

 

En la causa “Barreda, Ricardo Alberto -inc. de arresto domiciliario-", el Juez Raúl Dalto como juez de ejecución, resolvió que “el condenado Barreda sólo estaba autorizado a salir de su domicilio custodiado por integrantes del Servicio Penitenciario para realizarse un control de rutina en el Hospital Pirovano”, mientras que “la siguiente salida de Barreda de su vivienda no estaba permitida por este Tribunal y, en consecuencia -tal como lo anticipara- debo concluir que el condenado Barreda, ha quebrantado –en principio- el arresto domiciliario que venía sufriendo (art. 34 de la ley 24.660)”.

 

Al considerar que los dichos de Barreda no se compadecen con las otras pruebas llevadas a cabo, el fallo sostuvo que “manifestó el doctor Quiroga ante el suscripto que observó que Barreda se encontraba desanimado, deprimido – aspectos que el propio condenado también afirmó en la audiencia- y que si bien notó el andar tambaleante de Barreda no le tomó la presión porque consideró que no era necesario y que el paciente no le manifestó dolencias al respecto”, por lo que “la primer conclusión es que Barreda no presentaba esa mañana sintomatología alguna que motivase una rápida intervención médica”.

 

“Encuentro que el condenado Ricardo Barreda ha quebrantado injustificadamente su arresto domiciliario (art. 34 de la ley 24.660) por lo que considero que debe revocársele el beneficio que gozaba, y reintegrarlo inmediatamente a la Unidad nº 12 del Servicio Penitenciario Bonaerense”, concluyó el magistrado en la resolución dictada en el día de ayer.

 

 

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