Reducción de Contribuciones Patronales
Estudio Marval, O’Farrell & Mairal Departamento de Derecho Laboral Responsable Dr. Javier E. Patrón Por medio del Decreto 2166/2009 se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2010 el plazo para acceder al beneficio de reducción de contribuciones patronales por la registración de una nueva relación laboral o de la regularización de una preexistente con ausencia total de registración contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral. El artículo 16 de la ley 26.476 establece que, por el término de 24 meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral o de la regularización de una preexistente con ausencia total de registración, los empleadores gozarán por dichas relaciones de una reducción de sus contribuciones vigentes con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social. El beneficio en cuestión consiste en que durante los primeros 12 meses sólo se ingresará el 50% de las citadas contribuciones y por los segundos 12 meses se pagará el 75% de las mismas. Por su parte, el artículo 23 de la citada ley prevé que el beneficio regirá por 12 meses contados a partir de la fecha en que las disposiciones de la ley mencionada tengan efecto, pudiendo ser prorrogado por el Poder Ejecutivo Nacional. En función de esa facultad y por medio del Decreto 2166/2009, el PEN ha prorrogado el plazo vigente para el beneficio dispuesto en el Capítulo II, Título II de la ley 26.476, desde el 24 de diciembre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010.

 

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