Nuevo requerimiento de información a los productores de productos prioritarios en el marco de la Ley REP

El Ministerio del Medio Ambiente, mediante Resolución Exenta No. 375/2021 de fecha 3 de mayo de 2021, ha realizado un nuevo requerimiento de información a los productores de productos prioritarios en el contexto de la Ley Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje (“Ley REP”).

 

Objeto

 

El requerimiento se enmarca en las obligaciones de información establecidas para los productores de productos prioritarios a los cuales se les aplica la Ley REP (sea que su respectivo reglamento de metas y obligaciones se encuentre publicado o no), como asimismo a productores de productos prioritarios no sometidos a metas ni obligaciones asociadas, según el artículo 11 de la Ley REP.

 

Destinatarios

 

El requerimiento de información está destinado a los productores de los siguientes productos prioritarios:

 

  • Aceites lubricantes
  • Aparatos eléctricos y electrónicos
  • Baterías
  • Envases y embalajes
  • Neumáticos
  • Pilas
  • Diarios, periódicos y revistas

Obligación de informar

 

En virtud de este requerimiento, los productores deberán informar a través del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), la cantidad -unidades, metros cúbicos y/o toneladas- de productos prioritarios introducidos en el mercado, en el país, durante el año 2020.

 

Plazo

 

La información deberá ser entregada a contar de la publicación de esta resolución y hasta las 14:00 horas del día 2 de julio del año en curso.

 

Por Rafael Vergara, Manuel José Barros y Julio Recordon

 

 

Artículos

La Cláusula sandbagging en los Contratos M&A – ¿Puede el comprador reclamar por incumplimientos conocidos del vendedor?
Por Fernando Jiménez de Aréchaga y Alfredo Arocena
Dentons Jiménez de Aréchaga
empleos
detrás del traje
Matías Ferrari
De CEROLINI & FERRARI ABOGADOS
Nos apoyan