Nueva Resolución de la Inspección General de Justicia (“IGJ”) – RG Nº 10/2021

Régimen de transferencia de las cuotas en las Sociedades de Responsabilidad Limitadas

 

A partir de esta resolución, deberá acompañarse la publicación prescripta por el artículo 10 de la Ley Nº 19.550 para la inscripción de toda transferencia de cuotas sociales, por cualquier título o causa, sea por actos entre vivos o por actos mortis causa.

 

Con fecha 21/07/2021 se resolvió a través de la Resolución General IGJ Nº 10/2021, la cual entró en vigencia a partir de su publicación, en materia de Sociedades de Responsabilidad Limitadas, lo siguiente:

 

  • Para la inscripción de toda transferencia de cuotas sociales, por cualquier título o causa, sea por actos entre vivos o por actos mortis causa, además de los requisitos ya previstos en la Resolución General 7/2015 deberá acompañarse la publicación prescripta por el artículo 10 de la Ley Nº 19.550, la cual deberá contener la cifra del capital social, la cantidad y valor nominal de las cuotas en que el mismo se divide, la individualización del transferente, del adquirente, y de la cantidad de cuotas que se transfieren o adjudican.
  • Esta resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación a los trámites que se inicien a partir de entonces.

 

TANOIRA CASSAGNE ABOGADOS
Ver Perfil

Opinión

La construcción del concepto de democracia en las sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
Por Pedro Martin Bardi
Estudio Bardi & Asociados
opinión
ver todos

Reforma monetaria: ¿definitiva o transitoria?
Por Eduardo A. Barreira Delfino
Cevasco, Camerini, Barreira Delfino & Polak Abogados

Inteligencia Artificial – Europa “en la pole positon” de su regulación
Por Luis H. Vizioli (*)
Vizioli & Triolo Abogados

Volver (fiscalmente), con la frente marchita
Por Valeria D’Alessandro (*)
D'Alessandro Tax

detrás del traje
María Ximena Suarez
De RICHARDS, CARDINAL, TUTZER, ZABALA & ZAEFFERER S.C.
Nos apoyan
x cerrar