Chile
Nueva ley que establece una jornada parcial alternativa para estudiantes trabajadores.

El pasado 26 de julio, se publicó la ley N° 21.165 que incorpora el artículo 40 bis E al Código del Trabajo, estableciendo la posibilidad de pactar una jornada parcial alternativa de trabajo y descansos para estudiantes trabajadores.

 

Las características especiales de esta nueva alternativa de jornada son las siguientes. 

 

  • Será aplicable a trabajadores entre 18 y 24 años, cursando estudios regulares o en proceso de titulación o en entidades ejecutoras de programas de nivelación de estudios.
  • Respecto al régimen de seguridad social de este tipo de trabajadores, los estudiantes podrán (i) Adquirir calidad de cotizantes del régimen de prestaciones de salud; o (ii) Mantener la calidad de beneficiario con aporte en la institución de salud previsional en la cual sea carga. 
  • En relación a las remuneraciones que el estudiante trabajador reciba, éstas no serán consideradas como renta para efectos de determinar su condición socioeconómica o la de su grupo familiar para el acceso al Fondo Solidario, crédito fiscal universitario, crédito con garantía del Estado, financiamiento del acceso gratuito a las instituciones de educación superior, ni para cualquier otro sistema de crédito fiscal, subsidio, becas o beneficio estatal actual o futuro, que tenga por objeto financiar los estudios o los gastos asociados a ellos.
  • Se entenderá que son accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre el establecimiento educacional y el lugar de trabajo.

Esta nueva ley comenzará a regir a partir del primer día del mes subsiguiente al de su publicación en el Diario Oficial, es decir, el 1 de septiembre de 2019.

 

 

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