La Jueza de grado en la causa "C., J. R. y otros c/Estado Nacional - Dirección Nacional de Migraciones s/Diferencias de salarios" se declaró incompetente para entender en las actuaciones y ordenó la remisión de la causa a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo observó que los actores iniciaron demanda contra el Estado Nacional - Dirección Nacional de Migraciones - reclamando "se ordene a la demandada efectivizar los incrementos salariales establecidos por los Decretos Nº 445/17, 266/18, 584/18, 1086/18, 324/19 445/19 sobre las sumas remunerativas que ellos perciben en concepto de adicional por los servicios de inspección migratoria (SIM) que prestan y se les abone las sumas retroactivas correspondientes desde la estipulación de cada uno
de ellos y las sumas proporcionales a dichos aumentos en concepto de sueldo anual complementario e integraciones previsionales proporcionales que correspondían de haberse implementado los incrementos salariales decretados, con más sus intereses correspondientes desde las fechas de cada pago o integración adeudada hasta el momento del pago efectivo".
En dicho marco, los magistrados confirmaron la resolución en crisis. Ello, toda vez que al analizarse la vinculación, concluyeron que se trató de una relación de empleo público "y en el marco de las cuestiones de competencia pierde trascendencia la invocación de normas del Derecho del Trabajo, por lo que cabe declinar la aptitud jurisdiccional de este fuero en los términos del art. 20 LO".
Adicionalmente, los camaristas resaltaron que la mera invocación del derecho a trabajar y del art. 14 de la CN no bastan para justificar la atribución de competencia al Fuero Laboral, "porque dichos principios rigen también en el ámbito del empleo público, ajeno al diseño de la ley 18345".
El 8 de junio los Dres. Pose y Craig confirmaron la resolución recurrida.
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