Mediante la comunicación “A” 8180 (en adelante, la “Comunicación”), el Banco Central de la República Argentina (en adelante, el “BCRA”) modificó las normas que regulan el sistema nacional de pagos con el objetivo de dinamizar el uso de instrumentos de pago en dólares para las operaciones comerciales en el mercado local.
En ese sentido, a través del dictado de la Comunicación, el BCRA dispuso que, antes del 28 de febrero de 2025, las empresas dedicadas al procesamiento de pagos deberán adaptar sus sistemas a efectos de que los usuarios puedan realizar pagos en dólares desde tarjetas de débito.
Además, se habilitó la realización de pagos con tarjeta de débito en dólares a través del sistema de QR interoperable. Respecto a este punto, la Comunicación brindó un plazo más extenso, estableciendo que la habilitación de dicho sistema deberá realizarse antes del 1 de abril de 2025.
Finalmente, el BCRA creó una nueva variante de DEBIN (Débito Inmediato) recurrente, llamado “DEBIN Programado”, el cual deberá estar operativo a partir del 28 de febrero del corriente año y permitirá a los titulares de cuentas pagar las compras de bienes o servicios en cuotas fijas en pesos o en dólares con una única autorización.
En todos los casos, el usuario debe contar con una cuenta en dólares y tener el saldo suficiente para abonar la operación.
Por Agustín L. Cerolini, Martín Chindamo y Valentina Circolone
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