Llegaron las actuaciones "Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. s/Organismos externos" a la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto por Provincia ART S.A. contra la sanción equivalente a 481 MOPRES impuesta por incumplimiento a lo dispuesto en el art. 3, apartados 2 y 3 de la Resolución SRT 37/10.
La SRT sancionó a la aseguradora con relación al empleador Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Hospital Francisco Santojanni por no haber realizado los Exámenes Médicos Periódicos semestrales a 26 empleados declarados en fecha 11.02.2021 y operando la renovación del contrato el 01.05.2021.
La Sala referida, resaltó que los mentados controles "se justifican en tanto intentan detectar tempranamente patologías que se relacionan con los riesgos a los que están expuestos los trabajadores en su ámbito laboral". La regularidad y periodicidad "juegan el papel más destacado dentro del sistema, ya que permiten lograr un permanente control de la salud de los agentes".
En tal contexto, "toda contingencia que pudiera poner en peligro u obstaculizar el acatamiento de los mandatos legales merece ser puesta en conocimiento de Superintendencia de Riesgos de Trabajo".
Los magistrados destacaron que si la ART, tuvo alguna dificultad que pudo poner en peligro el cumplimiento de los mandatos legales, debió comunicarlo o en todo caso, pedir precisiones a la SRT, sobre estas cuestiones obstaculizadoras.
El pasado 24 de noviembre los Dres. Barreiro y Lucchelli confirmaron la procedencia de la multa impuesta, reduciendo su monto a 200 MOPRES.
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