Las empresas deben acreditar que conocen a sus accionistas y beneficiarios finales

Comienzan inspecciones de la Auditoría Interna de la Nación para controlar el cumplimiento de la normativa de identificación de beneficiarios finales.

 

Desde el año 2017 las sociedades comerciales uruguayas y otras entidades con presencia en Uruguay deben, identificar e informar al Banco Central del Uruguay (BCU) a los beneficiarios finales y titulares de participaciones patrimoniales nominativas, así como a toda la cadena de titularidad. De acuerdo a la normativa vigente (Ley 19.484), el control del cumplimiento recae en la Auditoria Interna de la Nación (AIN).

 

Los sujetos obligados deben, además de identificar e informar al BCU, a sus titulares y beneficiarios finales, conservar los registros y documentación respaldante obtenida para la identificación. Esta información debe ser suficiente para permitir la reconstrucción de identificación del beneficiario final y la cadena de titularidad. Por último, la norma también establece que la entidad obligada debe implementar procedimientos que le permitan identificar a sus beneficiarios finales, los que serán aplicables para la identificación actual, así como en cada modificación. Estos procedimientos deberán ser debidamente documentados.

 

Así, en cumplimiento de sus facultades de contralor, la AIN comenzó recientemente a controlar a distintas entidades obligadas, solicitando la comparecencia de los representantes de los sujetos obligados.  

 

En tal sentido, de acuerdo a la experiencia hasta la fecha, la AIN ha solicitado la presencia de un representante de la entidad obligada (hecho que debe acreditarse mediante certificado notarial) quien debe presentarse con cierta documentación que el organismo específicamente indica en cada notificación .

 

El procedimiento de control suele consistir en una entrevista al representante a efectos de determinar el debido cumplimiento de esta normativa.

 

Por Manuel Lecuona y Carolina Piacenza

 

 

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