La Cámara Eleva los Honorarios de un Perito Contable
En la causa “Madero Luis Fernando – Regulación de Honorarios-art. 772 c/ Nucleoeléctrica Argentina S.A. y otros s/ varios la Sala II de la Cámara Nacional de de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal decidió elevar los honorarios del perito en virtud de la naturaleza del trabajo realizado y de los importes involucrados. El actor interpuso demanda contra NASA y empresas integrantes por el pago de honorarios que le correspondía percibir de acuerdo al arancel legal establecido conforme el decreto- ley 16.638/57. Ello por haberse desempeñado como perito contador único de oficio en un juicio arbitral, y estando obligadas a dicho pago ambas demandadas. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando a pagar una suma que el actor consideró baja y por ello apeló, lo propio hicieron las demandadas por haber sido condenadas. Las demandadas se agravian de que el laudo arbitral que motiva el pago de los honorarios no se encuentra firme, pero el Tribunal explicita que la obligación del pago se genera con la realización del trabajo y no con la firmeza del fallo. Del mismo modo se agravian de la distribución efectuada del pago de los mismos, a lo que los jueces resuelven tampoco hacer lugar ya que no surge ninguna desproporción en ese sentido. En lo que hace al agravio del actor por el monto de los honorarios, la Sala le brinda acogida favorable ya que entiende que por la entidad y amplitud de las cuestiones sometidas a debate, y el mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos realizados, la incidencia en el pleito y la evidente proporción que deben guardar los honorarios de los peritos respecto de otras partes intervinientes en el pleito, corresponde elevarlos sensiblemente, dejando en claro que las sumas a pagar se encuentran alcanzadas por la consolidación.

 

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Por Fernando A. Font
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