Inscripción registral de protocolos de familia de sociedades domiciliadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Con fecha 20 de diciembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General Nro. 19/2021 de la Inspección General de Justicia (“IGJ”), por medio de la cual se autorizó la inscripción voluntaria de protocolos de empresa familiar que correspondan a las sociedades comerciales inscriptas ante IGJ.

 

De acuerdo a lo previsto en la resolución referida, el carácter de protocolo de empresa familiar esta dado por como se autodenomina el instrumento y que se encuentre suscripto por la totalidad de los socios de la sociedad cuyos integrantes estén unidos por lazos de parentesco por consanguinidad y/o afinidad, pudiendo además el instrumento estar suscripto por terceros no socios o no familiares. Se deja constancia que este instrumento debe estar firmado por escritura pública o con firma certificada.

 

El objeto de la inscripción de estos instrumentos es permitir que terceros conozcan su existencia y alcances, y deja expresamente establecido que la inscripción no le otorga presunción de conocimiento ni de legalidad de las cláusulas.

 

Asimismo, IGJ establece que:

 

  • Se inscribirá un solo protocolo por Sociedad y deja constancia que cualquier inscripción posterior se entenderá como reemplazo o reforma de la anterior. A falta de inscripción de alguna modificación al protocolo se entenderá vigente el inscripto.
  • La inscripción debe ser solicitada por el órgano de administración debiendo constar el consentimiento de la conformidad de todos los socios a la inscripción de conformidad con lo establecido en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

La Resolución General Nro. 19/2021 entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

 

 

EY Law (Argentina)
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