Hacen Lugar a Pedido de Intervención en una Sociedad con Grupos Enfrentados
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, decidió modificar una resolución de primera instancia en la que se desestimaba el pedido presentado por la actora de decretar la intervención judicial de la sociedad demandada, considerando que la intervención de un funcionario judicial, brindaría mejor resguardo a los intereses sociales y mayor claridad en punto al manejo regular de la sociedad. En primera instancia, el pedido de intervención judicial con remoción del órgano de administración había sido desestimado, entendiendo que el coadministrador que había sido establecido en el marco de otro incidente, había garantizado adecuadamente el funcionamiento de la sociedad, no siendo las causales invocadas suficientes  para la admisión de la medida cautelar. En la causa "Klug, Nora Mabel c/Aguilar, Alberto Daniel s/ incidente de medidas cautelares", los camaristas destacaron que del informe final presentado por el funcionario judicial designado, se podía advertir que había cierta informalidad por parte de la sociedad en el manejo de las operaciones comerciales. Los camaristas, destacaron que aún cuando dicho informe hubiese sido impugnado nada impedía tener en cuenta las conclusiones vertidas por el mismo a efectos de analizar la admisibilidad o no del nuevo pedido de intervención. Los magistrados, arribaron a la conclusión, que del informe presentado, se podía advertir un permanente conflicto en el seno de la sociedad, con disputas entre diferentes grupos enfrentados entre sí, las cuales resultaban lesivas para el interés social. En la resolución emitida el pasado 8 de abril, los camaristas resolvieron hacer lugar a la intervención solicitada, considerando que la misma significaría una garantía a ambos grupos en disputa en cuanto al manejo del patrimonio social, evitándose eventuales desequilibrios en el patrimonio con la inclusión de un profesional en la administración.  

 

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