Ceibal Asesores de Seguros S.A., broker argentino especializado en seguros de caución con 20 años de experiencia y experto en garantías judiciales, registró un interés creciente del 300% por este tipo de pólizas durante el periodo 2020/2021. El impacto económico producto de la pandemia se tradujo en una mayor judicialidad y, por ende, en un aumento en las consultas por este tipo de seguro de caución.
Las garantías judiciales funcionan como un instrumento ágil para que las personas físicas y/o jurídicas puedan cumplir con las obligaciones que les fueron impuestas en procesos judiciales y continuar con su operación diaria a pesar de tener algún tipo de litigio.
Al ser un broker, Ceibal Asesores de Seguros opera con todas las aseguradoras y como cuenta con un departamento de cauciones judiciales, los clientes -en su mayoría estudios de abogados- ganan tiempo y obtienen las mejores condiciones del mercado al evaluar el caso con más de una alternativa en forma simultánea.
“En los últimos tiempos notamos un interés creciente no sólo del segmento corporativo sino también de pymes y personas de alto patrimonio. Al operar con todas las aseguradoras y tener una gran experiencia y conocimiento sobre este tipo de seguro de caución, nos convertimos en un aliado ideal para los estudios de abogados y firmas solicitantes porque podemos ofrecer soluciones innovadoras y personalizadas a sus necesidades. A la vez, asistimos a productores de seguros que encuentran una solución en nuestro servicio”, afirmó Juan Ignacio Cittadini, director de Ceibal Asesores de Seguros.
Este seguro es un instrumento ágil y acorde a los plazos procesales, de fácil acceso y económico. Permite la no afectación de activos físicos o líquidos al momento de garantizar obligaciones procesales judiciales, el cobro inmediato en caso de siniestro e incorpora al asegurador como fiador, lo cual es una doble garantía para el asegurado.
Existen dos tipos de coberturas: Contracautela, utilizada para garantizar eventuales costas, daños y perjuicios causados por la aplicación de una medida cautelar pedida en forma abusiva o excesiva; y Sustitución de medidas cautelares sufridas por el demandado, liberando de esta manera el patrimonio afectado.
Más información en www.garantiasjudiciales.com.ar
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