Uruguay
Fondo de Garantía de Créditos Laborales

Se informa que de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.690 de 29/10/2018, se crea en el ámbito del Banco de Previsión Social, el Fondo de Garantía de Créditos Laborales a los efectos de cubrir las contingencias generadas ante la insolvencia del empleador.

 

Asimismo, con el objetivo de financiar las prestaciones previstas por el mencionado fondo, el art. 10 de la citada norma crea una Contribución Especial de Seguridad Social (CESS) de 0,025%, aplicable sobre las partidas que constituyan materia gravada de CESS de acuerdo a lo establecido en el art. 153 de la Ley 16.713 de 3/9/95.

 

Se señala que desde 01/01/2019 corresponde aplicar la tasa de 0,025% de carácter patronal sobre las remuneraciones de los trabajadores dependientes de la actividad privada, cualquiera sea el ámbito de afiliación del empleador.

 

Las empresas contribuyentes visualizarán en la factura los aportes correspondientes al Fondo de Garantía Créditos Laborales con el código de pago 49.

 

 

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