Extienden Condena a A.R.T por No Capacitar a Sus Afiliados
La C谩mara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en un fallo en el cual, ordena indemnizar a una trabajadora por un accidente laboral, responsabiliz贸 solidariamente a la A.R.T. Los jueces sostuvieron que el accidente se hubiera evitado, si la mencionada aseguradora, hubiese capacitado a la empleada. Los miembros de la Sala II, en los autos caratulados 篓Avalos, Aurora Antonia c/ Talyden S.A y otro s/ Accidente laboral篓, hicieron extensiva una condena en la que se ordenaba indemnizar a una trabajadora a una A.R.T. Se debi贸, a que los magistrados, consideraron, que la aseguradora, debe fiscalizar a los empleados afiliados, formularles programas especiales con una explicaci贸n de los riesgos propios de cada establecimiento, darles recomendaciones para superarlos,聽 y reducir las posibilidades de infortunios. En esta decisi贸n, los miembros del tribunal, se basaron en el art铆culo 4, apartado 1 de la ley 24.557. En el mismo, se impone a las aseguradoras de riesgos de trabajo, la obligaci贸n de adoptar las medidas, legalmente previstas para prevenir con eficacia los riesgos laborales. Adem谩s, los magistrados, recordaron el art铆culo 19 y 20 de decreto 170/96, en el que exigen a las aseguradoras,la realizaci贸n de actividades permanentes de prevenci贸n de riesgos y de control de las condiciones y medio ambiente de trabajo. La acci贸n civil contra la empresa, fue iniciada por la damnificada, debido a una incapacidad sobreviniente en una de sus manos, la que le fue aplastada por una plancha de presi贸n neum谩tica de la m谩quina con la que trabajaba. Los camaristas, luego de analizar el caso, sostuvieron, que si se hubiese efectuado la capacitaci贸n de la empleada en el uso de la m谩quina por parte de la A.R.T , dificilmente se hubiera producido tal infortunio. En primera instancia, el pronunciamiento fue el mismo que el de la C谩mara. En dicha instancia, la actora hab铆a aportado dos testimonios, los cuales daban cuenta de la precariedad del sistema de seguridad.

 

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