El Poder Ejecutivo Modifica por Decreto la Carta Orgánica del Banco Central
El Poder Ejecutivo Nacional a través del decreto que establecía la ampliación presupuestaria, decidió incorporar un artículo por medio del cual se dispone la modificación del estatuto del Banco Central de la República Argentina. Mediante la modificación efectuada sobre la Carta Orgánica del Banco Central, se pretende establecer una excepción a las restricciones legales contenidas en la misma, con el fin de concretar el pago de deuda al Club de París con reservas. A través del mencionado decreto, sobre la operación de cancelación de deuda no se aplicará la excepción que se encuentra contemplada en el artículo 19 de la Carta Orgánica del Banco Central, donde se establece la prohibición a dicha entidad, de efectuar préstamos al gobierno nacional, salvo cuando el mismo se financie a través de la compra de títulos negociables emitidos por la Tesorería. El mencionado decreto, a través del cual se buscó establecer un paraguas legal para afrontar el anunciado pago al Club de París, posee una validez legal dudosa, ya que la Carta Orgánica del Banco Central posee estatus de Ley, el cual es superior al decreto presidencial que deberá recibir la ratificación por parte del Congreso.

 

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